Imagen de archivo de una procesión de la Semana Santa de Sagunto, en Valencia

Imagen de archivo de una procesión de la Semana Santa de Sagunto, en ValenciaSemana Santa de Sagunto

El Gobierno estudia retirar a la Semana Santa de Sagunto como Interés Turístico Nacional tras la queja de una mujer

El Ministerio de Industria está valorando si existieran «indicios suficientes» para una «pérdida sobrevenida» del reconocimiento honorífico

El Gobierno de Pedro Sánchez está valorando si le quita a la Semana Santa de la localidad valenciana de Sagunto la categoría de Fiesta de Interés Turístico Nacional. En concreto, el Ejecutivo central está estudiando si existen «indicios suficientes» de «pérdida sobrevenida» de esa denominación a raíz de una queja por supuesta discriminación hacia las mujeres.

Al respecto, fuentes del Ministerio de Industria y Turismo han precisado a Europa Press que han recibido esta queja y «está en proceso de valoración» pero «no hay ninguna decisión tomada». Aun así, cabe destacar que la Semana Santa de Sagunto obtuvo la citada calificación en julio de 2004, es decir, que están a punto de cumplirse 26 años de ese hito. Además, obtuvo tal reconocimiento honorífico por ser uno de los eventos de los que se celebran en España que gozan de interés real desde el punto de vista turístico.

La controversia ahora llega después de que se haya presentado una denuncia para revocar la designación. Sobre ello, el colectivo Semana Santa Inclusiva de Sagunto niega que hayan sido ellos los promotores de la polémica iniciativa, aunque lleven protestando desde hace años para conseguir que la Cofradía de la Purísima Sangre de Nuestro Señor Jesucristo del municipio admita a mujeres como cofrades. De hecho, desde 2021, todos los Martes Santo, lo hacen en la sede de la cofradía para que modifique los estatutos.

Entrando en cierta contradicción, la portavoz de la asociación, Blanca Ribelles, indica que sería una «lástima que la Semana Santa Saguntina no sea de Interés Turístico» pero ha precisado que «hoy por hoy la igualdad no puede estar en entredicho y el Estado no puede apoyar una fiesta cuando discrimina a la mitad de la ciudadanía».

Ribelles espera que sea la propia cofradía la que decida cambiar los estatutos y sustituir «varón» por «persona» para incluir a las mujeres y que puedan participar en la Semana Santa «en igualdad de condiciones». «No es justo que mi hijo, mi padre o mi hermano puedan ser cofrades y yo no pueda», lamenta, añadiendo que, en la actualidad, las mujeres tienen el papel de «acompañantes y espectadoras».

Según explica, la Cofradía de la Purísima Sangre de Nuestro Señor Jesucristo de Sagunto data de 1492 y cuenta con 1.700 cofrades, todos ellos hombres. En 2021, un grupo de cofrades recogió firmas para instar a la junta a modificar los estatutos para incluir a las mujeres y aunque perdieron la votación, apunta que un 44 % votó a favor de la entrada de mujeres.

Ribelles también que se han vuelto a recoger firmas a favor de la admisión de mujeres y está prevista una asamblea extraordinaria posterior a una asamblea ordinaria a finales del mes de marzo, en la que esperan que vuelva a celebrarse una nueva votación, si bien apunta que no han acudido a los tribunales.

En noviembre de 2024, el Tribunal Constitucional (TC) estimó el recurso de amparo promovido por una mujer canaria que denunció que no se le permitía acceder a la asociación religiosa Pontificia, Real y Venerable Esclavitud del Santísimo Cristo de La Laguna. En ese caso, la recurrente solicitó incorporarse a esa asociación de «caballeros» fundada en el siglo XVII a pese de que en sus estatutos, en el artículo 1 indicaba que no era posible que ingresaran en la misma mujeres.

En cuanto a las declaraciones de Interés Turístico Nacional e Internacional, éstas se hallan reguladas por la Orden ICT/851/2019, de 25 de julio, y para su concesión se tiene en cuenta su antigüedad, continuidad en el tiempo, arraigo y participación ciudadana, así como la originalidad y diversidad de los actos y las acciones promocionales realizadas al efecto.

Finalmente, la orden contempla en su artículo 13 que la declaración podrá ser revocada cuando «haya dejado de cumplir alguno de los requisitos» exigidos, mediante «resolución motivada y previa instrucción del correspondiente expediente».

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