Carlos Mazón, junto a Salomé Pradas
El TSJ valenciano obliga a la jueza de la dana a reconducir su instrucción para evitar la nulidad
El tribunal regional sostiene que el punto esencial de la investigación debe ser confirmar el nexo causal entre el envío del Es-Alert y cada una de las muertes por la riada
El último auto del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana sobre la causa de la dana de Valencia ha servido para un doble motivo: por una parte se ha dado carpetazo ante un posible futuro procesal del expresidente Carlos Mazón, pero también incluye lo que a todas luces se traduce en una señal de aviso ante la instrucción que está siguiendo la magistrada Nuria Ruiz Tobarra. O cambia su línea de investigación o el procedimiento podría no llegar a juicio oral o incluso ser declarado nulo.
Los magistrados del alto tribunal valenciano han tenido un papel esencial en la instrucción de la dana. No es nada particular de este caso concreto, pero sí que han sido determinantes por momentos. El TSJ regional ha ido marcándole a la jueza Nuria Ruiz Tobarra las líneas maestras que debe seguir en su instrucción, tanto avalando como negando las líneas que proseguía desde Catarroja la encargada de la investigación.
En el auto emitido este mismo lunes, el Pleno de la Sala de lo Civil y Penal del TSJ valenciano señalan un punto de la investigación que, aparentemente, la jueza de la dana se ha saltado en la instrucción. A día de hoy los únicos imputados son la exconsellera Salomé Pradas y el que fuera su número dos en Emergencias, Emilio Argüeso. Si nada cambia la investigación judicial, sobre ellos dos recaerá la acusación de los delitos homicidios y lesiones por imprudencias, que de primeras consisten en 230 muertes y un gran listado de heridos.
Pero justamente en este detalle de la investigación de la jueza es en el que se ha centrado el alto tribunal regional, quien considera que la magistrada esté buscando probar la comisión de un único delito que ha provocado, en este caso, 230 muertes y no si en cada uno de los fallecimientos existe la posibilidad de imputar un delito.
El cambio de prisma que señala el TSJ valenciano puede ser determinante, ya que en el caso de que la magistrada prosiga con su instrucción como ahora la causa podría enfrentarse a su nulidad total o a múltiples irregularidades.
Tal y como hacen constar los magistrados en el auto, Nuria Ruiz Tobarra debe virar la instrucción para «demostrar que si se hubiera informado con anterioridad o se hubiera anticipado la decisión de emitir la alerta se habrían impedido los daños». Es más, sostienen que «no basta con constatar en términos empíricos que unas decisiones de esa naturaleza podrían haber reducido la dramática estadística que está definiendo la tragedia».
Y es que lo que viene a establecer el TSJ de la Comunidad Valenciana es que la instrucción de la dana debe enfocarse a determinar si cada una de las 230 muertes o de los heridos se habrían evitado con una convocatoria previa del Cecopi o con un envío anterior del Es-Alert. En este sentido la cuestión se complica para la magistrada, ya que durante año y medio su investigación no ha ido encaminada en este camino y no se ha seguido ninguna diligencia de este tipo, más allá de las solicitudes para que se considere víctima de la dana a personas fallecidas hasta prácticamente un mes después de la riada.
«Para sostener la autoría por las muertes, lesiones o daños sufridos por las víctimas, sería indispensable acreditar que, de haberse ejecutado la acción omitida -coordinar consellerias e impulsar el plan de emergencias desde el primer momento, convocar con anterioridad el Centro de Coordinación Operativo Integrado (Cecopi), informar a los ciudadanos y activar la alerta con antelación, pedir ayuda estatal...-, se habrían evitado los resultados dañosos, lesivos y mortales», sentencia el alto tribunal valenciano.
De nuevo la sombra de la nulidad o de ciertas irregularidades se sitúa sobre la instrucción de la dana. No es la primera que el trabajo realizado por Nuria Ruiz Tobarra se pone en tela de juicio. Ya su intento de imputación de Carlos Mazón fue una piedra, así como la posible participación de su marido en determinadas testificales e incluso sus repetidos autos en los que con determinación señala ya la prueba acusatoria contra la Generalitat Valenciana. El TSJ valenciano lo ha dejado claro: debe determinar fallecido por fallecido quién murió por una posible omisión en la gestión y quién por cuestiones directas a una riada de tal magnitud.