Imagen de archivo de Francis Puig, hermano del expresidente de la Generalitat Valenciana, Ximo Puig

Imagen de archivo de Francis Puig, hermano del expresidente de la Generalitat Valenciana Ximo PuigEuropa Press

El hermano de Ximo Puig tendrá que indemnizar al Gobierno catalán si acaba condenado

El hermano del expresidente de la Generalitat Valenciana y su socio se aferraban a que el Ejecutivo de Salvador Illa no les acusa, pero la Audiencia y Anticorrupción les recuerdan que debe haber una renuncia «expresa» a la reparación del daño

El hermano de Ximo Puig, Francis Puig, se sentará en el banquillo de los acusados por, supuestamente, liderar una trama corrupta basada en el cobro de subvenciones ilegales para el fomento del valenciano y el catalán. De eso no hay duda. De hecho, lo único que resta por saber es la fecha del inicio del juicio, de cuántas sesiones constará y, por tanto, cuándo hará, junto con su socio, Juan Adell Bover, el paseíllo para entrar a la Ciudad de la Justicia de Valencia.

Presumiblemente, esto tendrá lugar a finales de este mismo año o a principios de 2027, pero la última novedad en el procedimiento ha sido la decisión de la Audiencia Provincial, que ha comunicado a las partes personadas que, en el caso de que Puig y Adell Bover terminasen condenados, no solo tendrán que indemnizar a la Generalitat Valenciana, sino también a la catalana. Los magistrados han tomado esa decisión siguiendo el criterio no solo del Juzgado de Instrucción, sino también de la Fiscalía Anticorrupción.

El debate se ha producido a raíz de que el Gobierno catalán, que desde agosto de 2024 está en manos del socialista Salvador Illa, expresara por medio de sus servicios jurídicos que no veía base legal suficiente para acusar a los dos procesados pese a que algunas de las subvenciones que se juzgarán provienen de esa Administración. Los abogados de las defensas vieron en este escrito una salvaguarda para no tener que pagar si la sentencia fuese perjudicial para sus intereses. Pero la Audiencia ha hecho añicos ese halo de esperanza.

Jurisprudencia del Tribunal Supremo

Los jueces esgrimen la jurisprudencia dictada en su día por el Tribunal Supremo, que establece que para que eso fuese así y no ejerza la acusación, debe haber previamente una renuncia «expresa» a esa reparación del daño causado, algo que no existe en la causa que afecta al hermano de Ximo Puig. Es por ello, que el Ministerio Público insiste en su función tasada en la Constitución Española de 1978 «de velar por la legalidad y el interés público» y en que, por ende, deberían abonar la citada indemnización.

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