(Foto de ARCHIVO)
Fachada del TSJCV


26/5/2017

(Foto de ARCHIVO) Fachada del TSJCV 26/5/2017Europa Press

Confirman 22 años y medio de cárcel para un hombre en Alcoy por apuñalar 18 veces en la cara a su expareja hasta matarla

El alto tribunal valenciano ratifica la condena por un asesinato machista cometido en octubre de 2022

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha dictado el aval definitivo a la condena de 22 años y medio de prisión impuesta al autor de un brutal asesinato perpetrado en Alcoy en octubre de 2022.

El alto tribunal ratifica íntegramente la sentencia previa dictada por el magistrado-presidente del tribunal del jurado de la Audiencia Provincial de Alicante, la cual determinó de forma inequívoca la culpabilidad del procesado por asesinar a su expareja.

La resolución judicial, que desestima todas las pretensiones de la defensa, mantiene asimismo la medida de libertad vigilada por un periodo de diez años, que entrará en vigor una vez el condenado haya extinguido la pena privativa de libertad. Del mismo modo, el fallo consolida las indemnizaciones fijadas para los familiares de la víctima, unas cuantías que oscilan entre los 17.360 y los 96.427,20 euros, cerrando así la vía del recurso en la instancia autonómica.

Los hechos que ahora adquieren firmeza judicial dibujan un escenario de extrema violencia y premeditación. La madrugada del 23 de octubre de 2022, en torno a las 2:00 horas, el agresor irrumpió en el domicilio de su expareja. Según el relato de hechos probados, con el firme propósito de arrebatarle la vida, seleccionó un cuchillo de la cocina y aprovechó que la mujer se encontraba sola y desarmada para asaltarla de manera sorpresiva, anulando cualquier atisbo de defensa o reacción por parte de la víctima.

El ataque se ejecutó con una ferocidad inusitada. El tribunal constata que el condenado apuñaló a la víctima de forma reiterada hasta en 18 ocasiones en un lapso de apenas un minuto. Con ello perseguía no solo la muerte, sino infligirle un profundo terror y sufrimiento.

La sentencia subraya el indiscutible móvil machista del crimen: el acusado actuó guiado por los celos, su carácter posesivo y la voluntad de exhibir su superioridad frente a ella «por el hecho de ser mujer». Tras consumar el asesinato, el homicida trató de huir lanzándose por la ventana de la cocina, impactando finalmente contra un tejado de uralita.

Un andamiaje probatorio «sólido y racional»

Frente a esta reconstrucción de los hechos, la representación procesal del asesino había articulado un recurso de apelación que exigía la nulidad de todo el juicio -para repetirlo con otro jurado y magistrado- o, en su defecto, la libre absolución. La defensa argumentaba una supuesta vulneración del derecho a la presunción de inocencia y a un proceso con todas las garantías, esgrimiendo que el veredicto de culpabilidad se sostenía sobre pruebas que debieron ser declaradas nulas.

Sin embargo, los magistrados del TSJCV han desmontado esta tesis de raíz, tildando de «sencillamente inviable» y de «obvio» el error de alegar una supuesta falta de motivación o la ausencia de prueba de cargo. La sentencia de apelación es tajante al concluir que el razonamiento probatorio articulado por el jurado popular «no trasluce irracionalidad o arbitrariedad alguna», avalando punto por punto la instrucción y el desarrollo de la vista oral.

Para sustentar la solidez de la condena, el tribunal desgrana los elementos de convicción aportados, destacando en primer lugar el peso de las pruebas testificales. Resultaron determinantes las declaraciones de la hermana de la víctima, que acreditó el carácter celoso del acusado mediante sus «llamadas insistentes»; el testimonio del portero de la discoteca que presenció el «hostigamiento» del agresor hacia la mujer días antes del fatal desenlace; y el relato de una vecina que escuchó nítidamente los gritos e insultos proferidos la noche del crimen.

Por último, el TSJCV pone en valor la irrefutable contundencia de las pruebas científicas y periciales. El informe de la autopsia y el reportaje fotográfico levantado en la escena del crimen resultaron cruciales para ilustrar la atrocidad del ataque.

Aunque el veredicto inicial del jurado no las citara de forma exhaustiva, la sala reconoce que estas evidencias técnicas cimentan la explicación forense de las severas lesiones sufridas por la víctima, justificando plenamente las puñaladas dirigidas a la cara y la consiguiente desfiguración del rostro, sellando así el cerco judicial sobre uno de los crímenes más cruentos de la crónica negra reciente de Alcoy.

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