Trasvase Tajo-SeguraEUROPA PRESS

El Supremo mantiene su fallo sobre el Tajo-Segura frente al intento de los regantes de frenar el 'tijeretazo' del Gobierno

El Alto Tribunal rechaza el incidente de nulidad del Scrats y concluye que sí valoró las pruebas técnicas aportadas en el proceso

El Tribunal Supremo mantiene intacto su fallo sobre la planificación del Tajo y los caudales ecológicos frente al nuevo intento de los regantes del Tajo-Segura de frenarlo. El Alto Tribunal ha rechazado el incidente de nulidad planteado por el Scrats, que buscaba dejar sin efecto la sentencia que desestimó su recurso contra las medidas que condicionan el futuro del Trasvase.

La resolución ha sido dictada por la sección quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo, el mismo órgano que se pronunció inicialmente sobre el recurso. Los regantes sostenían que aquella sentencia había vulnerado derechos fundamentales y que no había valorado de forma adecuada los informes técnicos y periciales aportados para cuestionar los criterios empleados por el Ministerio para la Transición Ecológica en la determinación de los caudales mínimos.

El Alto Tribunal rechaza ahora esos argumentos. En su nueva resolución considera que la sentencia impugnada ofrece una «motivación extensa, suficiente y plenamente comprensible» y señala que en ella se da respuesta a las pretensiones planteadas por las partes y se explican las razones jurídicas que llevaron a desestimar el recurso.

Además de rechazar la nulidad, el Supremo impone al Scrats las costas correspondientes a este procedimiento.

Los informes técnicos, en el centro del debate

Uno de los principales argumentos de los regantes era que la Sala no había otorgado la suficiente relevancia a la documentación técnica presentada para cuestionar los caudales ecológicos establecidos en la planificación del Tajo. El Supremo niega también este extremo.

Según la nueva sentencia, los informes técnicos y periciales aportados por el sindicato sí fueron examinados en el procedimiento. La cuestión, precisa el tribunal, es que su contenido no resultó suficiente para desvirtuar los criterios técnicos utilizados por el Ministerio para fijar los caudales mínimos.

De este modo, el Supremo mantiene el núcleo de su pronunciamiento anterior y descarta que se haya producido una falta de valoración de las pruebas que pueda justificar la nulidad de la sentencia.

Satisfacción entre los municipios ribereños

La decisión ha sido recibida de forma favorable por la Asociación de Municipios Ribereños de los Embalses de Entrepeñas y Buendía. Su presidente, Borja Castro, considera que el nuevo fallo supone otro respaldo judicial a la aplicación de los caudales ecológicos del Tajo.

Los municipios ribereños sostienen que los sucesivos pronunciamientos del Supremo refuerzan la necesidad de aplicar la planificación hidrológica vigente y adaptar la gestión del Trasvase a las exigencias legales y ambientales establecidas para el río.

La resolución no cierra, al menos de momento, el recorrido que los regantes pretenden dar a la controversia. El eventual recurso ante el Constitucional y, posteriormente, las vías internacionales determinarán si el conflicto sobre los caudales ecológicos continúa en los tribunales.