Pareja magrebí paseando en la zona norte de AlicanteNacho Segura

Los nuevos requisitos para cobrar la Renta Valenciana de Inclusión: prioridad nacional, empleo y escolarización obligatoria

El Gobierno valenciano ajusta la prestación para impulsar la inserción laboral y frenar el efecto llamada de perceptores extranjeros

La Renta Valenciana de Inclusión (RVI), la prestación autonómica ideada durante la etapa del Gobierno del Botánico bajo la presidencia de Ximo Puig para auxiliar a las personas en riesgo de exclusión social, estrena un renovado marco regulatorio.

El nuevo modelo diseñado por el Consell de Juanfran Pérez Llorca busca dar un giro de 180 grados a la filosofía de la ayuda: la meta ya no es proporcionar un subsidio indefinido, sino establecer un trampolín directo hacia el mercado de trabajo, al tiempo que se endurecen las condiciones de acceso para priorizar a los residentes arraigados y frenar el denominado «efecto llamada» en materia migratoria.

Entrada en vigor este lunes 19 de octubre, la reforma impulsada por el Ejecutivo autonómico, se enmarca en los compromisos sobre «prioridad nacional» pactados entre el PP y Vox para sacar adelante los presupuestos del Ejecutivo autonómico.

Con más de 56.000 beneficiarios actuales, la norma pretende agilizar la burocracia centralizando la tramitación en la Conselleria de Servicios Sociales, Familia e Infancia, liberando a los ayuntamientos de la carga administrativa para que se concentren en el acompañamiento social.

Freno al «efecto llamada»

Uno de los filtros más rigurosos que incorpora el nuevo texto atañe directamente al padrón. Para solicitar la ayuda será imprescindible acreditar tres años de empadronamiento continuado en algún municipio de la Comunidad Valenciana inmediatamente anteriores a la petición, o bien certificar diez años de residencia acumulados en los últimos treinta.

Usuarios de servicios sociales del Ayuntamiento de AlicanteAyuntamiento de Alicante

Con esta barrera de tres años de residencia efectiva, el Ejecutivo autonómico busca dar cumplimiento al principio de prioridad en la asignación de recursos públicos, desincentivando la llegada de flujos migratorios atraídos por la cobertura social.

La norma mantiene, no obstante, exenciones puntuales para víctimas de violencia, trata, explotación sexual, protección internacional o situaciones específicas de especial vulnerabilidad.

Compatibilidad con el trabajo

El gran eje transformador de la nueva RVI se centra en evitar que los perceptores queden atrapados en un bucle de dependencia estatal. Para incentivar la búsqueda de empleo y evitar que aceptar una oferta laboral suponga la pérdida automática del colchón económico, la reforma permite compatibilizar durante un máximo de 12 meses el cobro de la prestación con ingresos por trabajo por cuenta ajena o propia.

Para ello, se articulan porcentajes incentivadores graduados: durante el primer cuatrimestre no se computa el 40 % de los ingresos laborales; en el segundo, el 60 %; y en el tercero, el 80 %.

Además, las rentas del trabajo que no superen los 200 euros mensuales quedarán completamente exentas de cómputo durante dicho periodo. De forma paralela, la ayuda exigirá la participación activa en Planes de Atención Individual de Inclusión (PAI) e itinerarios de inserción laboral.

Obligaciones y hasta 1.247 euros

La nueva regulación unifica las antiguas modalidades en una única prestación cuya cuantía varía según la composición del hogar. Un beneficiario individual podrá percibir hasta 793,80 euros mensuales, importe que se eleva progresivamente según el número de convivientes hasta alcanzar un techo de 1.247,40 euros para unidades familiares de seis o más integrantes. Asimismo, la ayuda continuará siendo compatible con el Ingreso Mínimo Vital (IMV) del Estado.

Imagen tomada en un colegio de ValenciaEP

Junto a la asignación económica, la ley impone contraprestaciones para las familias con menores a cargo. Entre las nuevas exigencias vinculantes figura la garantía de escolarización y asistencia obligatoria de los menores, así como facilitar su acceso a la educación gratuita de 0 a 3 años. El incumplimiento de este seguimiento educativo podrá acarrear la suspensión del subsidio.

Complemento para el pago de vivienda

En un contexto marcado por las dificultades de acceso al mercado inmobiliario, la RVI incorpora un complemento específico de hasta el 30 % sobre la prestación económica reconocida para sufragar gastos de alquiler o cuota hipotecaria de la vivienda habitual. En el caso de los préstamos hipotecarios, el titular de la ayuda deberá constar como propietario del inmueble.

Para agilizar la concesión, la Generalitat resolverá las solicitudes en un plazo máximo de cinco meses, realizando comprobaciones de oficio entre administraciones a través de un modelo normalizado con declaración responsable.

Con estas medidas, la Comunidad Valenciana inicia un modelo asistencial que combina la protección social con la exigencia de compromisos laborales, formativos y de arraigo territorial.