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El TSJ rechaza suspender de urgencia los servicios mínimos de la huelga médica en la Comunidad Valenciana

La Sala acuerda tramitar el recurso por la vía del incidente cautelar y da cuatro días a la Generalitat para alegar

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha emitido un auto en el que deniega la adopción de medidas cautelarísimas solicitadas hoy por un sindicato contra los servicios mínimos fijados por la Generalitat Valenciana para la huelga indefinida de personal médico MIR y facultativo que se inicia este miércoles, 28 de octubre.

Los magistrados consideran a la vista del recurso que no concurren los presupuestos establecidos en la Ley, por lo que respecta a la apariencia de buen derecho y al peligro por la mora procesal, para resolver inaudita parte, es decir, sin escuchar a la Administración demandada.

«En el caso de autos la convocatoria de la huelga tiene carácter indefinido, de manera que con mayor motivo se impone la desestimación de la solicitud sin oír a la Generalitat Valenciana», explica la Sala.

Por esta razón, el TSJCV ha acordado dar curso al incidente por los trámites de las medidas cautelares y conceder un plazo de 4 días a la Abogacía de la Generalitat y a la Fiscalía para presentar sus alegaciones.

El Tribunal recuerda que la resolución que haya de adoptar por esta vía cautelar «tan solo se demorará unos pocos días» y la posibilidad de escuchar los argumentos de la Administración y del Ministerio Público permitirá «resolver más fundadamente en justicia».

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