Imagen de archivo de la exconsellera de Justicia e Interior de la Generalitat Valenciana Salomé Pradas a su llegada a los juzgados de CatarrojaEuropa Press

Salomé Pradas pide año y medio después que su defensa en la causa de la dana la asuma la Generalitat Valenciana

La exconsellera buscaría ante una eventual sentencia absolutoria o archivo de la causa fuese la Administración autonómica quien asumiera el coste de su letrado

La que fuera consellera valenciana de Justicia e Interior durante la dana del 29 de octubre de 2024, Salomé Pradas, cambió el abogado que le asiste en la causa penal sobre la gestión de las riadas el pasado 2 de septiembre. Así, su representación jurídica pasó de ostentarla Eduardo de Urbano a hacerlo Pedro Colina, que cuenta con amplia experiencia en procesos de repercusión pública y complejidad.

El siguiente movimiento de la exdirigente ha sido reciente, en el mes de octubre. Se trata de, un año y medio después de resultar imputada por la instructora, Nuria Ruiz Tobarra, solicitar a la Generalitat Valenciana que se encargue de su defensa a través de la Abogacía General.

Sin embargo, no parece que la petición de Pradas vaya a resultar exitosa, ya que la propia Administración autonómica se niega a ello porque en su momento ya contrató a un letrado. La magnitud de la causa es más que notable y por tanto acarrea un enorme desembolso para los investigados, la exconsellera y su secretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso. Pero, según avanza Las Provincias, no sería el jurídico el motivo que le habría llevado a cambiar su hoja de ruta.

Conflicto de intereses

En este sentido, iría orientada a que una eventual sentencia tras el juicio fuese absolutoria o el caso se archivase poder reclamar a la Generalitat el coste de su representación jurídica. Ahora bien, abonar las facturas de un letrado no está explícitamente recogido en la legislación regional, puesto que tan solo se indica que debería hacerse cargo de los emolumentos cuando no exista conflicto de intereses, si bien se no niega esa opción aunque se haya contratado a un abogado particular o haber recurrido por necesidad a uno de oficio.

Aun con todo, la Administración esgrime el artículo 33.3 de la Abogacía, según el cual Pradas habría renunciado de forma expresa al haber declarado como investigada en el Juzgado número 3 de Catarroja en abril de 2025, al mismo tiempo que se acogen a una sentencia de lo Contencioso dictada en su día por el Juzgado de Instrucción número 5 de Valencia.