Un vehículo de VTC prestando un servicio
Golpe judicial al Ayuntamiento de La Coruña: los VTC podrán acceder a la Zona de Bajas Emisiones
La medida, solicitada por la empresa Uber, llega pocos días antes de la entrada en vigor de la ordenanza municipal, prevista para el próximo 20 de octubre
El Tribunal Superior de Justcia de Galicia (TSXG) ha permitido de forma cautelar que los vehículos con licencia VTC puedan acceder y circular por la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) y por las calles peatonales de La Coruña en las mismas condiciones que los taxis.
La medida, solicitada por la empresa Uber, llega pocos días antes de la entrada en vigor de la ordenanza municipal, prevista para el próximo 20 de octubre.
En su resolución, la sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo considera que la urgencia de adoptar la medida «se evidencia» por la inminente aplicación de la norma, y subraya que la decisión no genera «una perturbación grave de los intereses generales».
Según los magistrados, la finalidad de la ordenanza municipal como reducir el tráfico privado y las emisiones contaminantes en la ciudad, no se ve perjudicada por permitir la circulación de los VTC, sino «todo lo contrario», ya que ambos son medios de transporte público.
En este sentido, el auto señala que «se beneficia a los usuarios» al permitir una mayor oferta de movilidad sin comprometer los objetivos medioambientales.
El tribunal advierte además de que, si no se adoptase esta medida cautelar, el recurso presentado por Uber podría perder su finalidad legítima. También apunta que, de acuerdo con el material disponible en este momento procesal, existe «la posibilidad de que se produzca un perjuicio irreparable» para los titulares de licencias VTC si se les impidiese circular mientras se resuelve el fondo del asunto.
No obstante, el TSXG precisa que la aplicación de esta medida no exime a los vehículos de contar con la correspondiente autorización administrativa. «Tratándose de dos medios de transporte público y persiguiéndose con la ordenanza la reducción de emisiones, no se aprecia perjuicio para el Ayuntamiento por permitir la circulación en igualdad de condiciones», concluyen los jueces.