Una pareja incumple una orden de alejamiento
Una pareja incumple una orden de alejamiento para hacer el Camino de Santiago y acaba condenada
Cada uno fue condenado a seis meses de prisión, pero la pena no se ejecutará de forma inmediata
Lo que parecía una peregrinación más por el Camino de Santiago terminó convirtiéndose en un caso judicial. Un hombre de 68 años y una mujer de 66, ambos vecinos de Verín (Orense), han sido condenados después de ser descubiertos juntos en un albergue de peregrinos pese a tener vigente una orden de alejamiento recíproca que les impedía acercarse el uno al otro.
La medida cautelar había sido acordada por un juzgado de Verín en abril de 2025 y establecía que ninguno de los dos podía aproximarse a menos de 300 metros del otro, ni en su domicilio, ni en su lugar de trabajo, ni en cualquier espacio en el que coincidieran. Además, también tenían prohibido mantener cualquier tipo de comunicación.
Vulneración directa de la orden judicial
Apenas unas semanas después de la entrada en vigor de la resolución judicial, ambos decidieron encontrarse y realizar juntos el Camino de Santiago. El incumplimiento salió a la luz el 2 de mayo de 2025, cuando fueron localizados alrededor de las seis de la tarde en el albergue municipal de peregrinos de Arzúa.
La presencia conjunta de ambos en estas instalaciones supuso una vulneración directa de la orden dictada por la autoridad judicial. Según recoge la sentencia, los dos eran plenamente conscientes de las restricciones que pesaban sobre ellos y de las consecuencias penales que podía acarrear su incumplimiento.
El procedimiento quedó resuelto mediante un acuerdo de conformidad alcanzado entre la Fiscalía y las defensas de los acusados. Durante una vista celebrada en Orense el pasado mes de mayo, ambos reconocieron los hechos y aceptaron su responsabilidad por un delito de quebrantamiento de condena.
Como resultado, cada uno fue condenado a seis meses de prisión. No obstante, la pena no se ejecutará de forma inmediata. Al carecer de antecedentes penales, los dos pudieron acogerse a la suspensión de la condena, una medida respaldada por el Ministerio Fiscal y aceptada por la magistrada.
La suspensión tendrá una duración de dos años y está condicionada a que ninguno de los condenados vuelva a cometer delitos durante ese período. En caso de incumplir esta condición, el beneficio podría ser revocado y las penas de prisión llegarían a hacerse efectivas.