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La Justicia gallega rebaja a 50 años la condena al hombre que captaba mujeres para agredirlas sexualmente

El alto tribunal gallego mantiene el resto de la sentencia y confirma las condenas por agresión sexual y trata de seres humanos al considerar probados los hechos denunciados por tres víctimas

El Tribunal Superior deJusticia de Galicia (TSXG) ha rebajado a 50 años de prisión la condena impuesta al hombre que captaba a mujeres mediante falsas ofertas de trabajo para agredirlas sexualmente y explotarlas en un club de alterne de Órdenes (La Coruña).

La Sala ha estimado parcialmente el recurso presentado por la defensa al considerar que tres de las agresiones sexuales cometidas contra una de las víctimas constituyen un delito continuado, lo que reduce la pena impuesta por la Audiencia Provincial de La Coruña. No obstante, mantiene el resto de la sentencia y rechaza la petición de absolución formulada por el condenado.

Los magistrados consideran que los testimonios de las tres mujeres son «fiables», persistentes y cuentan con suficientes elementos de corroboración, por lo que ratifican la condena por agresiones sexuales y trata de seres humanos con fines de explotación sexual.

La resolución también confirma la condena por dos delitos de trata, al entender que el acusado captó a dos de las víctimas mediante ofertas de empleo falsas aprovechándose de su especial vulnerabilidad. De este modo, el TSXG rechaza la tesis planteada por la Fiscalía en apelación, que había solicitado su absolución por esos delitos.

Falsas ofertas de trabajo

La sentencia considera probado que el condenado contactaba con mujeres extranjeras en situación administrativa irregular y con graves dificultades económicas ofreciéndoles un supuesto empleo en un club de alterne de Órdenes.

Una vez allí, las presionaba para ejercer la prostitución y, en varios casos, les suministraba sustancias mezcladas con bebidas alcohólicas que anulaban o reducían su capacidad de decisión antes de agredirlas sexualmente.

El alto tribunal mantiene el resto de las penas impuestas por la Audiencia Provincial de La Coruña, así como las indemnizaciones fijadas para las tres víctimas por los daños morales y las secuelas psicológicas sufridas. La sentencia todavía no es firme y puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

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