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Golpe al cártel del camión en La Coruña: el Supremo obliga a indemnizar a dos empresas y a un particular

Fija que debe abonar el 5 % del valor de los vehículos a los afectados tras cinco años de periplo judicial

El Tribunal Supremo ha dictado una nueva sentencia en el macrocaso del cártel del camión, que afecta a cinco grandes fabricantes: Man, Daf, Iveco, Daimler Mercedes y Volvo/Renault, que entre 1997 y 2011 pactaron inflar los costes de los vehículos y repercutirlos a los compradores, según recoge la sanción acordada por la Comisión Europea en 2016, que derivó en multas de más de 3.600 millones de euros. A raíz de aquella decisión, miles de afectados en España se lanzaron a reclamar indemnizaciones en los juzgados. Tres de ellos, dos empresas y un particular, son de la provincia de La Coruña y acaban de obtener un fallo favorable, en el que se ordena a Man Truck a abonar el 5% del valor de adquisición de los camiones, además de los intereses legales desde el momento de la compra.
Los jueces que han analizado el caso concluyen que «puede presumirse que la infracción ha producido un daño en los adquirentes de los productos afectados por el cártel, consistente en que han pagado un precio superior al que hubieran pagado si el cártel no hubiera existido». De hecho, aluden a «la prolongada duración» del pacto entre los fabricantes, «su amplia extensión geográfica y la elevada cuota de mercado afectada, lo que incrementa todavía más la dificultad de negar la existencia de un impacto negativo sobre los precios del caso concreto y correlativamente, hace más plausible y fundada la afirmación de su existencia».
El debate de los magistrados se centró en la indemnización que corresponde a los afectados tras diferentes criterios en las instancias judiciales previas. El juzgado de lo Mercantil de primera instancia dictó una sentencia en la que estimó la petición del particular y condenó a Man a indemnizarle en 2.404 euros más los intereses devengados desde la compra del camión, y desestimó las reclamaciones judiciales de las dos empresas. La Audiencia Provincial falló que debía indemnizarse con 6.240 euros al particular, 28.000 a Excavaciones Pérez Lois y con 27.000 a Gestal y López.
La decisión adoptada este mismo mes de marzo por el Alto Tribunal recoge que «no hay prueba suficiente de cuál ha sido el importe del sobreprecio porque hemos considerado que ese extremo no ha quedado probado por el informe pericial presentado por los perjudicados, que no ha resultado idóneo para realizar esta cuantificación». Ante esta situación y al no haberse demostrado que el daño sea mayor, en aplicación del criterio adoptado en otros casos del cartel del camión, el Supremo acuerda condenar a Man Truck a abonar el 5 % del precio de los vehículos pesados adquiridos, con los intereses legales desde la fecha de la adquisición. Consideran los jueces que este porcentaje «no vulnera el principio de indemnidad o de resarcimiento íntegro».
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