Palacio De Justicia Pontevedra
Un gallego se libra de pagar una deuda de cerca de 8 millones de euros, la mayor exoneración de Galicia
El empresario quedó exonerado de una deuda acumulada con instituciones financieras y bancarias mediante el mecanismo de la segunda oportunidad
El Juzgado de lo mercantil número 2 de Pontevedra ha librado a un vecino del municipio pontevedrés de Lalín de pagar casi 8 millones de euros de deuda acumulada con instituciones financieras y bancarias gracias a la ley de Segunda Oportunidad. Es la exoneración más elevada hasta la fecha en Galicia y una de las mayores de toda España.
La Ley de Segunda Oportunidad fue concebida en su día, principalmente, para personas físicas y empresas, y por las que, en caso de fallo favorable, supone la cancelación de la deuda, lo que permite empezar de nuevo a la persona que se haya beneficiado de ella.
Tras la reforma de la Ley en 2022, el mecanismo funciona con agilidad pero no son soluciones estandarizadas; la labor de análisis previo es crítica para un resultado satisfactorio.
Origen de la deuda: la crisis inmobiliaria
El origen de la deuda del lalinense de 7.993.790,44 euros se sitúa en el estallido de la crisis inmobiliaria. Como socio en varias empresas de este sector había aportado garantías personales a entidades financieras para conseguir la concesión de una serie de préstamos.
Los planes empresariales no salieron adelante y los intereses de demora acabaron multiplicando la deuda hasta un volumen imposible de saldar por su parte. Ahora, gracias al perdón de estos ocho millones, el beneficiario podría reiniciar su actividad empresarial.
Además, según informa el Tribunal de Justicia de Galicia (TSXG), el juzgado de lo Mercantil número 2 de Pontevedra, ha emitido un segundo auto a favor de un autónomo gallego que también solicitó la declaración de concurso ante el órgano judicial, en el marco de la Ley de la Segunda Oportunidad.
En este caso, la deuda asciende a 7.316.050 euros, cantidad que el emprendedor adquirió como consecuencia de su anterior actividad como trabajador por cuenta propia, al contraer obligaciones financieras: préstamos, créditos y, en especial, afianzamiento solidario a la empresa que administraba, y de la que ahora queda exonerado.