Para poder denunciar una violación es importante que las mujeres conozcan e interioricen una serie de recomendaciones

Víctima de una violaciónPexels

El TSJA confirma siete años y medio de cárcel para un hombre por violar a una joven en Córdoba

La víctima, que sufrió una intoxicación etílica aguda, fue penetrada por vía vaginal, anal y bucal sin capacidad para consentir, según los hechos probados

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede en Granada, ha desestimado el recurso de apelación presentado por José María L.A. y ha confirmado íntegramente la condena de siete años y seis meses de prisión que le impuso la Audiencia Provincial de Córdoba por un delito de agresión sexual con penetración. La sentencia, de 8 de julio, da por buenos los hechos declarados probados en la instancia y rechaza uno a uno los siete motivos esgrimidos por la defensa.

Los hechos

Según el relato judicial, entre la noche del 6 y el 7 de septiembre de 2019 la víctima, identificada en la sentencia como A.I.O.I., salió de fiesta en Córdoba capital junto a una amiga y varios conocidos. Tras consumir alcohol, sufrió un cuadro de embriaguez tan severo que tuvo que ser sacada en volandas de un pub y trasladada a una vivienda, donde fue acostada en una cama para que se recuperara. Aprovechando que se había quedado a solas con ella, el acusado se desnudó, se introdujo en la cama y la penetró por vía vaginal, anal y bucal, sujetándola cuando ella intentó apartarlo, hasta que la joven, según consta en la resolución, volvió a vomitar.

La denunciante presentó erosiones superficiales y una pequeña lesión en la región anal, constatadas por el médico forense y la ginecóloga del hospital Reina Sofía, adonde acudió al día siguiente tras permanecer todo el día «sin poder reaccionar», según relató su padre. Las pruebas de ADN confirmaron además la presencia de semen del acusado en las muestras vaginales, un dato que la Sala considera clave porque contradice la versión de José María L.A., quien había sostenido en el juicio que eyaculó fuera del cuerpo de la joven.

La defensa, sin éxito

El recurso trató de sostener que la relación sexual fue consentida y que la denuncia respondió al miedo de la joven a que sus padres o su pareja conocieran una infidelidad. El tribunal rechaza esta hipótesis por carecer, a su juicio, de sustento probatorio y por resultar incoherente con la reacción inmediata de la víctima al ser sorprendida por el propio acusado, a quien esta habría negado en el acto haber mantenido relaciones consentidas.

La Sala también avala el criterio de la Audiencia sobre la incapacidad de la denunciante para consentir, dado el grado de embriaguez que presentaba, y recuerda la jurisprudencia del Tribunal Supremo según la cual no es necesaria una pérdida total de conciencia para apreciar agresión sexual, sino que basta con una anulación suficiente de los frenos inhibitorios de la víctima.

Atenuantes rechazadas

El TSJA desestima igualmente la petición de que se considere «muy cualificada» la atenuante de reparación del daño, pese a que el condenado depositó 10.000 euros en el juzgado. Los magistrados recuerdan que, en delitos contra la libertad sexual, una indemnización económica nunca compensa íntegramente el daño causado, por lo que solo cabe aplicar la atenuante simple, ya reconocida en la instancia.

Tampoco prospera el motivo relativo a las dilaciones indebidas, aunque el proceso se prolongó más de cinco años desde su incoación hasta el fallo de apelación. El tribunal atribuye ese plazo a la complejidad de la causa —que investigó inicialmente dos presuntas víctimas—, a la necesidad de practicar pruebas periciales científicas y a la paralización general de plazos judiciales decretada durante la pandemia de covid-19.

Contra la sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que debe prepararse en el plazo de cinco días desde la última notificación.

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