La Comunidad de Madrid aprueba un Plan de ascensores para 2.000 edificios residenciales por 52 millones
Se ofrecerán ayudas para edificios de viviendas que no dispongan de uno. También contempla medidas para la accesibilidad universal
La Comunidad de Madrid ha aprobado en la jornada de hoy el Plan de ascensores destinado a edificios residenciales. El proyecto prevé la inversión de 52 millones de euros y pretende beneficiar a 2.000 inmuebles en forma de ayudas, para que puedan disponer de estos nuevos ascensores entre 2023 y 2025.
Esta línea de subvenciones también incluye actuaciones complementarias necesarias para conseguir la accesibilidad universal, tales como plataformas elevadoras y rampas destinadas a personas con movilidad reducida.
Los requisitos
El Plan de ascensores se ha diseñado para que puedan optar a esta subvención personas o entidades titulares de inmuebles residenciales de vivienda colectiva y las comunidades de propietarios o agrupaciones de las mismas. El pago se realizará una vez acreditado que el trabajo está totalmente finalizado. Además, el Plan estipula un importe fijo de 90.000 euros por intervención, siempre que esta cifra no supere el 80 por ciento de inversión subvencionable, tal como indica el Gobierno regional en una nota de prensa.
Los edificios deben tener una altura igual o superior a tres plantas sobre rasante. Además, es imprescindible que al menos el 50 % de su superficie construida tenga uso residencial de vivienda. A su vez el inmueble debe disponer de Informe de Evaluación, estar bien conservado y mantenido. Del mismo modo se examinará que los solicitantes no hayan sido beneficiarios de ninguna otra ayuda con este mismo objeto y que se hallen al corriente de las obligaciones tributarias con la Comunidad de Madrid y la Seguridad Social.
El plazo de presentación de las solicitudes será de cuatro meses a partir del día siguiente de la publicación de estas ayudas en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), prevista para la próxima semana. El resto de detalles presentes en las bases regulatorias ya fueron avanzadas en el BOCM del pasado 19 de mayo.
En cuanto al tiempo de ejecución, se ha establecido que no podrá superar los 36 meses contados desde esa misma fecha. Sin embargo, podrá ser ampliable por el mismo periodo en el caso de que la licencia municipal o autorización administrativa se demore más de un año desde su petición.