Manifestación propalestina en Getafe

Manifestación propalestina en Getafe. El Comisario principal de la Policía de Getafe, Pedro Cervel, a la derechaX

El PP exige abrir un expediente sancionador al jefe de Policía Local de Getafe por participar en una manifestación propalestina

  • En la manifestación vestía el uniforme reglamentario, pudiendo haber incurrido en faltas graves o muy graves por vulnerar la «imparcialidad» política

  • Al ostentar la Jefatura de la Policía Municipal, es la alcaldesa socialista quien debe sancionar al Comisario de la Policía Local

A las 12:00 del día 8 de octubre, el Ayuntamiento de Getafe organizó una concentración propalestina en la plaza de la Constitución. En ella participó la alcaldesa del municipio, Sara Hernández, junto con los sindicatos UGT y CCOO. Entre ellos, sujetando una bandera de Palestina, también se encontraba el Comisario principal de la Policía Local de Getafe, Pedro Cervel.

Por ello, el Partido Popular exigen la «apertura de un expediente sancionador, así como la imposición de las sanciones correspondientes», debido a que habría «vulnerado la imparcialidad política a la que le obliga la ley». Desconociendo si estaba en acto de servicio, vestía el uniforme reglamentario y, según el partido, portaba su arma.

Los 'populares' aluden al artículo 52 del Real Decreto Legislativo 5/2015 del 30 de octubre, que obliga a la «imparcialidad» política a los empleados públicos. Asimismo, mencionan el artículo V de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, que también habla de los «principios básicos de actuación», obligando a «actuar, en el cumplimiento de sus funciones, con absoluta neutralidad política e imparcialidad y, en consecuencia, sin discriminación alguna por razón de raza, religión u opinión». El artículo 14 de la Ley 1/2018 del 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid hace una alusión similar al Real Decreto anteriormente citado: «ejercerán sus funciones con absoluta imparcialidad y neutralidad».

Así, la formación menciona que no puede «participar en manifestaciones o concentraciones políticas cuando estén de servicio», vulnerando así todas estas disposiciones.

Desde cinco días a seis años de suspensión

Siendo el régimen sancionador de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid el mismo que el de la Ley Orgánica 4/2010 del Cuerpo Nacional de Policía, se recoge como «falta grave» en el apartado 'n' del artículo 8 el «asistir de uniforme a cualquier manifestación o reunión pública, salvo que se trate de actos de servicio, o actos oficiales en los que la asistencia de uniforme esté indicada o haya sido autorizada».

Por otro lado, si se hubiera dado un «abandono de servicio» para acudir a la manifestación, se incumpliría el apartado 'f' del artículo 7, considerándose como «falta muy grave».

Las faltas graves reciben como sanción una suspensión que oscila entre los cinco días y los tres meses, mientras que las muy graves pueden acarrear la separación del servicio, una suspensión entre tres meses y un día hasta seis años o el traslado forzoso.

Ahora, la responsabilidad sobre la apertura del expediente disciplinario y las sanciones correspondientes a Cervel recae sobre la alcaldesa socialista, quien ostenta la Jefatura de la Policía Municipal.

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