La consejera de Justicia y Derechos Humanos del Gobierno Vasco, María Jesús San José (PSE)EFE

Asamblea de Madrid

Ayuso plantea una reforma legal para frenar a la consejera socialista que favorece la salida de etarras de la cárcel

Desde que la socialista María Jesús San José asumió la Consejería de Justicia y Derechos Humanos del Gobierno vasco, en junio de 2024, ha concedido más de 30 terceros grados y regímenes de semilibertad a presos etarras. Un extremo por el que las víctimas de la banda terrorista han exigido su dimisión porque consideran que está haciendo una aplicación fraudulenta de la ley para favorecer la semilibertad de los presos de ETA con una apariencia formal de legalidad. Todo ello, enmarcado en el pacto de Pedro Sánchez con Bildu para mantenerle en el Palacio de la Moncloa.

En este contexto, la Asamblea de Madrid aprobó el pasado mes de marzo una Proposición no de Ley para exigir al Gobierno dar a conocer el número exacto de etarras que hayan sido clasificados en tercer grado penitenciario, así como el número de internos a los que se les ha aplicado el régimen de flexibilización previsto en el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario.

Pocas semanas después de sacar adelante esa iniciativa, los populares han presentado una nueva proposición, que se debatirá en el Pleno de la Cámara autonómica de la próxima semana, en la que ahondan en su cruzada para terminar con esta salida indiscriminada de los asesinos de prisión antes de cumplir íntegramente con sus condenas.

Esta nueva PNL da un paso más y pone sobre la mesa una reforma normativa integral del sistema de ejecución penal en materia de delitos de terrorismo «con el objetivo de reforzar el principio de legalidad, el control judicial efectivo y la protección de las víctimas».

En concreto, la iniciativa contempla reformar el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario –concebido legalmente como una vía excepcional, pero que en la práctica se ha transformado en un atajo hacia la semilibertad- para que se configure como medida, de verdad, estrictamente excepcional, no equiparable al tercer grado, y que se exija la autorización autorización judicial previa sin efectos ejecutivos anticipados y el refuerzo del papel de los órganos técnicos.

Por otra parte, el texto también pide reformar el artículo 90.8 del Código Penal a fin de reforzar los requisitos exigibles para la concesión de la libertad condicional, establecer expresamente su carácter autónomo y acumulativo y exigir una colaboración efectiva, real y verificable con la justicia y una desvinculación plena del entorno terrorista, incluyendo el rechazo expreso de la violencia, el reconocimiento del daño causado y la petición individualizada de perdón a las víctimas.

La propuesta incluye asimismo instar al Gobierno de la Comunidad de Madrid para que este, a su vez, inste al de España a promover la modificación del artículo 72.6 de la Ley Orgánica General Penitenciaria para exigir la convalidación judicial previa y expresa de la progresión a tercer grado en delitos de terrorismo, delimitar de forma precisa el concepto de colaboración, circunscribiéndolo a actuaciones efectivas ante autoridades judiciales y establecer el carácter acumulativo e insustituible de los requisitos exigidos.

Asimismo, el grupo parlamentario del Partido Popular, encabezado por la presidenta autonómica, Isabel Díaz Ayuso, pide en la proposición promover la reforma de la Ley 50/1981, del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal para reconocer expresamente la legitimación del Ministerio Fiscal para recurrir resoluciones penitenciarias de especial relevancia

Por último, se exige impulsar la modificación de la Ley 4/2015, del Estatuto de la Víctima para reconocer a las víctimas de terrorismo el derecho a ser informadas y a participar en la ejecución penal con carácter general, salvo renuncia expresa, garantizar su derecho a ser oídas con carácter previo a decisiones relevantes (tercer grado, libertad condicional y aplicación del artículo 100.2 RP) y ampliar su legitimación para impugnar todas aquellas resoluciones que afecten al cumplimiento efectivo de la pena.