Imagen de archivo de una terraza en la Plaza de Comendadoras, Madrid

Imagen de archivo de una terraza en la Plaza de Comendadoras, MadridSAMI AUVINEN

¿Qué ocurre con las terrazas de Madrid tras la nueva ordenanza que endurece las sanciones?

La nueva normativa establece distancias para proteger paradas de transporte público, los ascensores que dan a la calle o los árboles cuando hay estufas o calefactores

Madrid tendrá una nueva ordenanza de terrazas en 2026 que endurece las sanciones o que crea nuevas, como no retirar el mobiliario, y que reduce la burocracia porque «libera de cargas excesivas, tanto a los solicitantes de autorización como a las Juntas de Distrito». El Consistorio de la capital ha aprobado esta nueva normativa y ha tumbado las dos enmiendas a la totalidad que presentaban Más Madrid y el PSOE.

Desde el Ayuntamiento de Madrid defienden el derecho de los negocios a existir como el descanso del vecindario. El nuevo texto, de 65 artículos, consolida los aspectos principales de la modificación de 2022 respecto a los horarios a las zonas saturadas.

Respecto a las multas que se han endurecido, se aplicarán especialmente al generar ruido por mover el mobiliario y la instalación de elementos no previstos en la autorización.

También se establecen nuevas infracciones graves como no retirar el mobiliario al terminar la jornada y otras pasan de ser graves a muy graves como obstaculizar el acceso de ambulancias u otros vehículos de emergencias.

Asimismo, la nueva ordenanza establece distancias para proteger paradas de transporte público, los ascensores que dan a la calle o los árboles cuando hay estufas o calefactores.

El texto nuevo es muy similar a la normativa derogada de 2022, «salvo ligeros retoques», ha venido defendiendo el equipo de Gobierno. Busca dotar de un régimen jurídico completo y sistemático que regule la instalación y la actividad de las más de 6.000 terrazas que hay en Madrid.

Una tarraza en Madrid.

Una tarraza en Madrid.EP

La nueva normativa de terrazas nace de la estructura de la ordenanza de 2013, actualmente en vigor, y los cambios que se introdujeron en 2022 después de haber sido anulada judicialmente «por motivos formales».

Así, se incorporan elementos demandados por la ciudadanía en la consulta pública previa de 2024, así como los pronunciamientos de la Comisión de Terrazas.

El texto mantiene el régimen de horarios, incluyendo las restricciones ya incorporadas en 2022 y que recoge la normativa autonómica: los fines de semana y vísperas de festivo en el periodo estacional (marzo a octubre) podrán abrir hasta la 1:30 y los demás días, hasta la 1:00.

Durante el resto del año (fuera del periodo estacional) solo podrán abrir hasta las 00:00 h, salvo los casos en que haya horarios especiales más reducidos.

Camarero en una terraza de Madrid

Camarero en una terraza de MadridGetty Images/Judd Brotman

106 enmiendas

Hasta el pasado 10 de septiembre se presentaron 106 alegaciones y finalmente se han incorporado tres a propuesta de particulares y cuatro más por parte del sector de hostelería.

Cabe destacar que en abril de 2024 el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) anulaba «por no ser conforme a derecho» la modificación de la ordenanza aprobada por José Luis Martínez-Almeida (PP) y Begoña Villacís (CS).

Los socialistas recurrieron a la Justicia ante la «ausencia de justificación de informe sobre el impacto presupuestario y de evaluación estratégica ambiental». El TSJM remarcaba en su sentencia «la inexistencia o insuficiencia de determinados informes».

El Ayuntamiento recurrió en casación ante el Supremo, pero fue inadmitido confirmando la anulación y derogación de facto de la ordenanza de 2022.

«Pusimos este recurso porque la ordenanza tenía unas deficiencias imperdonables y la tramitación había sido una chapuza», contestaba en su momento el concejal socialista Antonio Giraldo.

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