Soledad Iparraguirre, alias Anboto'
Las víctimas del terrorismo denuncian la «trampa» en la semilibertad de Anboto: «No es casual»
Covite ha remarcado que la concesión del artículo 100.2 a Anboto es «todavía más inaceptable» porque «no consta ninguna ruptura con el entramado que sostuvo y legitimó el terrorismo de ETA»
El Colectivo de Víctimas del Terrorismo, Covite, ha censurado la concesión del régimen de semilibertad previsto en el artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario a la exdirigente de ETA Soledad Iparraguirre, alias Anboto, una decisión que considera «especialmente grave» tanto por la «trayectoria criminal» de la penada como por el «escaso tiempo» que lleva cumpliendo condena en España.
«Estamos hablando de una de las dirigentes históricas de ETA, condenada a 793 años y 8 meses de prisión, vinculada a 14 asesinatos y con responsabilidades de primer nivel dentro de la organización terrorista. Resulta escandaloso que se le conceda ya un régimen de semilibertad cuando ha cumplido muy poco tiempo de prisión en España», ha denunciado la presidenta de Covite, Consuelo Ordóñez.
A juicio del colectivo, este caso ilustra con «especial claridad cómo el artículo 100.2, que fue ideado como una fórmula extraordinaria de flexibilización del cumplimiento de la pena, está siendo utilizado con los presos de ETA de forma generalizada y desvirtuando por completo su finalidad y significado». En este sentido, Covite ha opinado que «no es casual que esta medida se haya aplicado precisamente a Soledad Iparraguirre. «Está claro que estamos ante una etarra VIP para la izquierda abertzale, y precisamente por eso se está forzando una vía excepcional para facilitar su salida de prisión antes de que haya cumplido las partes de su condena, requisito ineludible para acceder al tercer grado», ha subrayado.
Ordóñez ha advertido de que «esta es precisamente la trampa del 100.2: utilizar una vía extraordinaria como atajo para conceder un régimen de semilibertad a quienes no pueden acceder todavía al tercer grado». «Se cumple la ley en apariencia, pero se desnaturaliza por completo su finalidad», ha añadido.
En este sentido, Covite ha remarcado que la concesión del artículo 100.2 a Anboto es «todavía más inaceptable» porque «no consta ninguna ruptura pública, visible e inequívoca con el entramado político y social que sostuvo y legitimó el terrorismo de ETA durante décadas» y, al contrario, «su trayectoria y su significado dentro de ese mundo hacen aún más exigible esa desvinculación, y sin embargo no existe ninguna evidencia objetiva de que se haya producido».
«No se nos puede pedir a las víctimas que hagamos un acto de fe en un supuesto arrepentimiento que no se acredita con hechos. En delitos de terrorismo, la reinserción no puede medirse con los mismos parámetros que en la delincuencia común. Aquí hablamos de crímenes cometidos para imponer un proyecto político mediante la violencia. Por eso la reinserción exige algo más que trámites burocráticos: exige una ruptura real con quienes justificaron y todavía hoy justifican el terrorismo», ha recalcado Consuelo Ordóñez.
Para el colectivo, la reiteración de decisiones de este tipo «confirma que el Gobierno Vasco está consolidando una política penitenciaria orientada a acelerar la salida de prisión de los presos de ETA sin exigirles una verdadera asunción del daño causado ni una auténtica desvinculación de la izquierda abertzale». Así, ha reiterado que eso se está produciendo así porque «estamos ante la culminación de la última exigencia de ETA que quedaba por cumplir en este final de ETA negociado que vivimos: 'vaciar las cárceles', en palabras de la propia izquierda abertzale».