Abdullah Albadri, solicitante de asilo kuwatí condenado a cadena perpetua
Un solicitante de asilo kuwaití, condenado a cadena perpetua por intentar atentar contra la embajada israelí en Londres
El condenado, identificado como Abdullah Albadri, de 34 años y nacido en Kuwait, fue reducido por las autoridades cuando intentaba saltar la valla en la legación diplomática con dos cuchillos de diez centímetros
Un solicitante de asilo kuwaití, cuya petición fue denegada hasta en dos ocasiones, ha sido condenado este lunes a cadena perpetua con una pena mínima de 20 años de prisión después de intentar llevar a cabo un atentado terrorista contra la embajada de Israel en Londres el pasado año.
El condenado, identificado como Abdullah Albadri, de 34 años y nacido en Kuwait, fue reducido por las autoridades cuando intentaba saltar la valla de la legación diplomática israelí en la capital británica armado con dos cuchillos de diez centímetros el 28 de abril de 2025.
Albadri fue condenado en el tribunal penal de Old Bailey a cadena perpetua con un mínimo de 20 años de cárcel. Al haber permanecido ya un tiempo en prisión preventiva, la jueza Sarah Lambert ajustó la pena mínima a 18 años y 207 días.
Las cámaras de seguridad grabaron al kuwaití con el rostro envuelto en una kufiya (pañuelo típico de Oriente Medio) y gafas de sol cuando intentaba entrar a la embajada como «acto de venganza» por las acciones del Gobierno israelí y el «asesinato de niños» en la franja de Gaza.
En cuestión de segundos, Albadri fue inmovilizado por los agentes antes de ser registrado y llevado a comisaría. Se le incautó, además de los cuchillos, una nota de suicidio en la que expresaba su intención de morir «por la gloria de Dios».
En un juicio previo se le declaró culpable de un cargo de preparación de actos terroristas y dos cargos de posesión de un artículo punzante.
A Albadri se le denegó el asilo después de que entrara dos veces al Reino Unido de manera irregular en pequeñas embarcaciones por el Canal de la Mancha en agosto de 2021 y en abril de 2025.