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Sanidad pide retirar varias tintas para tatuaje y maquillaje por contener sustancias no permitidas en la UE

Como consecuencia de este incumplimiento, la Agencia ha ordenado la suspensión de la comercialización y uso, así como la retirada del mercado, de todas las unidades afectadas

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) ha ordenado a la empresa Alkimia Technology and Stetic S.A.U. la suspensión de la comercialización, uso, y retirada del mercado de varias de sus tintas para tatuaje y maquillaje permanente por no cumplir con el Reglamento (UE) 2020/2081, en lo relativo a las sustancias contenidas en estos productos.

Según informó la Aemps en una nota informativa publicada en 2021, la entrada en aplicación del Reglamento 2020/2081 implicaba la restricción del uso de determinadas sustancias en tintas para tatuajes o maquillajes permanentes, y establecía la prohibición de comercializar o usar los productos que no cumplieran con los criterios establecidos a partir del 4 de enero de 2022. En consecuencia, las tintas que no se ajustaran a lo dispuesto en la normativa debían ser retiradas del mercado antes de la fecha indicada.

Asimismo, la Agencia contactó con todos los responsables de la puesta en el mercado de tintas de tatuaje y maquillaje permanente afectadas por esta situación, entre ellos Alkimia Technology and Stetic S.A.U., para informarles de la obligación de adaptarse a la nueva regulación, adelante Europa Press.

En este caso, la Aemps ha detectado que las citadas tintas para tatuaje y maquillaje permanente de Alkimia Technology and Stetic S.A.U presentan en su composición 1,2 hexanodiol en una concentración entre el 1 y el 5 %, superior a la permitida de acuerdo con el citado reglamento. Aunque la empresa ha indicado que no se están comercializando los citados productos, se ha observado su distribución a través de otros canales de venta en línea.

Como consecuencia de este incumplimiento, la Agencia ha ordenado la suspensión de la comercialización y uso, así como la retirada del mercado, de todas las unidades afectadas distribuidas a centros de tatuaje para su uso por profesionales. En concreto, se trata de los productos: 680-PE: Kalamar Ink, gama blanca (Color White) y 681-PE: Kalamar Ink, gama negra (Color Black, Color Shadow 1, Color Shadow 3 y Color Vanta Black).

Por último, la Aemps ha instado a los profesionales y centros de tatuaje a no utilizar los productos afectados y a devolverlos al punto de compra o a la empresa responsable. Asimismo, ha solicitado a los establecimientos de venta que revisen el 'stock' y, en caso de disponer de unidades afectadas, las retiren del mercado y las devuelvan a la empresa.