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26 de abril de 2024

Puede calcular su declaración de renta y entregarla telemáticamente

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Declaración de la Renta 2021 - 2022

Declaración de la renta: diez trucos de la OCU para pagar menos

La asociación de consumidores propone una serie de claves para ahorrar y reducir los impuestos

Es ahora, cuando aún no ha terminado el ejercicio 2021, el momento en que debes tomar medidas para pagar menos en la próxima Declaración de la Renta. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) da una serie de consejos para recortar el IRPF.
1. Atento a las deducciones autonómicas
¿Sabías que es posible que puedas deducirte la guardería de los hijos, gastos educativos, abono de transporte público, ayuda doméstica, la instalación de dispositivos de ahorro de agua o energía, el alquiler, etc.? Antes de nada es muy importante asegurarse de las deducciones fiscales a las que tienes derecho, que son distintas en cada comunidad autónoma. Madrid ha sido siempre un ejemplo de región hasta cierto punto «amable» fiscalmente hablando.
2. Comunica tus cambios familiares
Es importante que tengas tu situación personal y familiar al día. Conviene que informes a tu empresa de cualquier cambio relevante: si nace un hijo, si te divorcias, si hay una discapacidad... «La cantidad de retención a cuenta del IRPF depende, entre otras cosas, de las circunstancias familiares», explican desde la OCU en su decálogo.
3. Complementos en especie
Este consejo es un clásico. Todos aquellos ingreso no estrictamente monetarios son un valor seguro a la hora de ahorrar en la Declaración de la Renta. Hay numerosos ejemplos: los seguros sanitarios para el trabajador, los cheques de comida, los cheques de transporte y guardería... Todo este tipo de ayudas están exentas de pagar IRPF.
4. Revisa tus gastos del trabajo
Esta otra no es tan conocida. «Si pagas cuotas sindicales, cuotas al colegio profesional o si has tenido un pleito laboral y has pagado honorarios al abogado y procurador, esos gastos se deducen de los ingresos del trabajo, con lo que pagas menos por ellos», explican.
5. Colaborar con ONG
La solidaridad cotiza al alza si se trata de ahorrar. «Si realizas donativos a ONG, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro puedes deducir un 80 % sobre los primeros 150 euros», apunta la OCU. A partir de ahí cotizarás un 35 % sobre lo que exceda de esa cantidad (ese porcentaje sube al 40 % si es el tercer año que donas a la misma entidad y cada donación ha sido igual o superior a la del anterior).
Hipoteca

6. Amortizar hipoteca
Es importante que sepas que si compraste tu casa antes del año 2013 se deduce el 15 % de lo pagado para comprar la vivienda, sobre un máximo de 9.040 euros (o de 18.080 si lo pagas con tu cónyuge y declaráis por separado). Aunque es algo técnico y no siempre fácil de entender, según la OCU «lo que fiscalmente interesa es amortizar anticipadamente una cantidad que llegue hasta ese límite para así aprovechar íntegramente la deducción». Las comisiones por cancelación anticipada que cobran algunas entidades también son deducibles dentro de los 9.040 euros.
7. Vende tu casa cuando te jubiles
No todo el mundo sabe que si vendes tu casa a partir de los 65 años la ganancia que obtendrás de la transmisión estará libre de impuestos. Si la vivienda está a nombre de los dos cónyuges, puedes ahorrar por partida doble si los dos son mayores de 65 años. «De lo contrario –explican– solo estaría exenta la ganancia correspondiente al cónyuge que tenga esta edad».
8. Truco para arrendadores
Si tienes una casa en alquiler, te puedes quitar los gastos habituales para obtenerla, desde el IBI, hasta la comunidad, pasando por los anuncios, gastos de agencia o seguros. También son deducibles los gastos de reparación y conservación y los intereses de préstamos para la compra o mejora del inmueble, «pero sin que puedan generar un rendimiento negativo».
9. Avisa de tu plan de pensiones
Esta es una de las más conocidas y de las más recurrentes. Es sabido que las aportaciones de hasta 2.000 euros a un plan de pensiones recortan la factura del IRPF, aunque no siempre es recomendable.
Se desaconseja esta práctica «a aquellos que obtienen rentas exclusivamente de alquileres de pisos, de productos bancarios o de ganancias derivadas de transmisiones patrimoniales, ya que este tipo de rentas no se reducen por aportar a planes de pensiones».
En cambio sí se recomienda para los que su fuente de ingresos procede de rentas del trabajo, de actividades profesionales/empresariales y de alquileres de inmuebles (siempre que además tengas rentas de los dos tipos anteriores). Aunque ojo, es importante «respetar» ese límite de 2.000 euros. «Si aportas más, te arriesgas a ser sancionado si no solicitas la recuperación del exceso antes del 30 de junio de 2022. Este límite se incrementa en 8.000 euros para aportaciones empresariales», señala la OCU.
10. Cuidado con las donaciones
Si durante el año a evaluar has obtenido ganancias con la venta o donación de bienes «y a su vez acumulas pérdidas en otras inversiones», una forma de ahorrar es materializar esas pérdidas para poder compensarlas con las ganancias, y viceversa. Pero hay que tener en cuenta que:
  • No dones bienes que generen pérdidas o rendimientos de capital negativo en el IRPF, porque la Ley no permite su compensación. Para poder compensar pérdidas será mejor vender el bien y donar el dinero obtenido con la venta.
  • Si vendes acciones o participaciones de fondos con la intención de compensar la pérdida que genere la venta este año, debes esperar dos meses para volver a adquirirlos (o comprar otro fondo de cartera similar). Si no lo haces así, no podrás compensar la pérdida hasta que los vuelvas a vender.
  • No olvides que la próxima declaración será la última en la que podrás compensar el saldo de pérdidas pendientes de 2017. Antes de fin de año puedes vender inversiones con una ganancia equivalente para aprovecharlo.
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