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Documentación para la firma de una hipoteca.EP

Un millón de afectados y 44.000 millones, pendientes del Supremo por el caso IRPH

Miles de familias podrían recuperar lo pagado de más si el Supremo anula un índice que Europa considera opaco

Con más de un millón de hipotecados y 44.000 millones en juego, el silencio del Supremo sobre la posible nulidad del índice IRPH comienza a resultar sospechoso. El Alto Tribunal debería haberse pronunciado el pasado 3 de julio sobre un asunto que podría sacudir los cimientos del sector bancario en nuestro país.

Este índice, a diferencia del Euríbor, se calcula a partir de la media de los tipos de interés aplicados por las propias entidades. Esto lo hace más susceptible de manipulación y, de hecho, históricamente ha resultado más caro para los consumidores. El Banco de España, en su Circular 5/1994, recomendó aplicar un diferencial negativo para corregir esta sobrecarga, pero la mayoría de los bancos no lo aplicaron. Además, la falta de transparencia en la comercialización del índice, junto a su complejidad técnica y la escasa información al consumidor, llevó a miles de afectados a los tribunales al considerar que estaban pagando cuotas abusivas.

Durante años, el Supremo se había lavado las manos al entender que se trataba de un índice válido por su carácter oficial, pero el asunto llegó hasta el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El pasado diciembre, la corte europea abrió la puerta a la nulidad del IRPH en aquellos casos en los que se pudiera demostrar falta de transparencia. De hecho, desde la decisión del TJUE, varios juzgados provinciales han declarado nulo el IRPH y lo han sustituido por el Euríbor.

El silencio del Supremo es significativo. Si respalda la doctrina europea, implicaría devoluciones masivas por parte de las principales entidades españolas. Y el impacto no es en absoluto desdeñable: los expertos estiman que más de un millón de hipotecas en España siguen referenciadas al IRPH. «La factura potencial para la banca podría ascender a decenas de miles de millones, como advirtió el TJUE y corroboran expertos que mencionan cifras de hasta 44.000 millones de euros», explica Ángel Sánchez, abogado y socio de Asoban, despacho especializado en derecho bancario.

No obstante, el respaldo del Supremo no supondría la devolución automática de las cuotas cobradas de más, sino que configuraría un «escudo procesal» para los afectados, de modo que les permita iniciar acciones judiciales individualmente con alta probabilidad de éxito si se demuestra falta de transparencia.

«Un consumidor con una hipoteca referenciada al IRPH tiene más herramientas que nunca para reclamar judicialmente. Lo primero que debe hacer es revisar si su contrato incluía una explicación clara de cómo se calculaba el IRPH, qué impacto tenía frente al Euríbor y si se mencionaba o no el diferencial negativo recomendado», comenta Sánchez.

En caso de no haber proporcionado esta información –como ocurre en la mayoría de los casos–, el consumidor puede solicitar la nulidad de la cláusula por falta de transparencia. Si el juez estima la demanda, el contrato se reconfigura aplicando otro índice como el Euríbor, obligando al banco a devolver la cantidad cobrada de más. Según el socio de Asoban, la media reclamada adaptando el IRPH a lo acordado por el TJUE es del 27,3 %: para una hipoteca de 150.000 euros, se podrían reclamar en torno a 41.000 euros.