Fundado en 1910

ENAIRE (Control).EP

Trabajo investiga a Enaire por incumplir la normativa de prevención de riesgos laborales

El gestor estatal asegura que ha actuado conforme a la normativa laboral y preventiva y que no se ha comprometido la seguridad de los empleados

La Inspección de Trabajo investiga a Enaire por posible incumplimiento de los derechos de participación de los trabajadores reconocidos en la normativa de prevención de riesgos laborales, en relación a la no invitación a los sindicatos a las reuniones sobre la introducción de una nueva funcionalidad, llamada Módulo de Trayectorias Tácticas (TTM), en el sistema de gestión de tráfico aéreo Sacta.

Así consta en dos oficios con motivo de las sendas denuncias llevadas a cabo por la Unión Sindical de Controladores Aéreos (USCA) en los que se promueve expediente sancionador contra el gestor estatal.

En un escrito, la inspectora afirma que la puesta en marcha del TTM «conlleva una serie de cambios en los equipos, procedimientos y personas», debiendo la empresa cumplir con los derechos de participación, consulta e información de los delegados de prevención.

No obstante, desde Enaire defienden que, al tener los sindicatos toda la información sobre la implantación de la función TTM, no existiendo riesgos para la salud y seguridad de los empleados por la nueva funcionalidad de Sacta, consideró que no procedía convocar reunión extraordinaria.

En consulta con la empresa, además, el gestor estatal ha manifestado que ha actuado en todo momento con «absoluto respeto» a la normativa laboral y preventiva, garantizando la información, consulta y participación de la representación de los trabajadores durante todo el proceso.

«La discrepancia planteada por la Inspección no se refiere a una falta de información o consulta, sino exclusivamente a la no convocatoria de determinadas reuniones adicionales solicitadas por una organización sindical», ha defendido, destacando que convertir esa diferencia de criterio organizativo en una infracción grave supone una interpretación que «carece de encaje en los hechos acreditados y en el marco legal aplicable».

También ve «especialmente relevante» destacar que la propia actuación inspectora no identifica riesgo preventivo no evaluado alguno, ni daño para la salud de los trabajadores, ni medida insegura implantada, ni incremento acreditado de la carga de trabajo derivado de la funcionalidad TTM.

En este contexto, los oficios hacen referencia a que la Comisión Paritaria Estatal de Seguridad y Salud Laboral (en adelante, CPESSL) es el máximo órgano paritario y colegiado de participación y encargada de unificar los criterios de actuación de los respectivos CSSL y DP.

«Teniendo en cuenta que una de las facultades de la comisión es la vigilancia de la política general y actividades de Enaire en materia de prevención de riesgos laborales, que las sesiones ordinarias deben celebrarse al menos una cada seis meses y las extraordinarias bajo solicitud en cuestiones que por su importancia y urgencia, exijan un tratamiento específico e inmediato», reza el escrito de inspección, según ha adelantado Cinco Días.

En respuesta, Enaire ha querido subrayar, además, que ha colaborado en todo momento con la Inspección de Trabajo con la máxima transparencia, facilitando la información requerida y ejerciendo su derecho de defensa por los cauces legalmente establecidos.