José María Macías
El Tribunal Constitucional Español ante el Reto Europeo
El magistrado José María Macías: «La deriva del TC lo está situando fuera del sistema judicial europeo»
Ex vocal del Consejo General del Poder Judicial y actual miembro del Pleno de la Corte de Garantías, el veterano jurista, vetado en el recurso principal del la amnistía, presenta su nuevo libro
«El TC se ha autoexcluido del control de adecuación de la legislación nacional ordinaria a los tratados constitutivos de la UE», sentencia el magistrado José María Macías en el último párrafo de su nuevo libro: El Tribunal Constitucional Español ante el Reto Europeo (Editorial Colex). Entre otras cuestiones, el juez, miembro del actual Pleno de la Corte de Garantías, dedica su atención, a la cuestión prejudicial como clave del diálogo (interrumpido) entre el órgano constitucional español y el Derecho comunitario que, como resultado de su deriva en los asuntos más recientes, incluyendo la amnistía, «lo estaría situando fuera del sistema judicial europeo».
Macías ahonda en el asunto -polémico en temas tan sensibles como el borrado del procés, o la consulta elevada por la Audiencia de Sevilla a la jurisdicción europea, tras el cambio sustancial de la sentencia de los ERE de Andalucía-de forma crítica e incómoda, pero también constructiva. De hecho, el magistrado se enfrenta a ello en los capítulos 16 y 17 del texto, escogiendo tres ejemplos singulares de sentenciasen. En realidad, dos, porque «uno de los ejemplos no se ha traducido en una resolución», matiza el autor, «pero si en una comunicación de la oficina de prensa del TC y mucha controversia pública y mediática que, en principio o en apariencia, no guardan relación entre sí», apostilla.
El primero tiene que ver con un recurso de inconstitucionalidad en el que se examinó la legitimidad constitucional de una reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOP]). El segundo se refiere a dos recursos de amparo, totalmente dispares, y ya resueltos por el TC (uno en un tema penal y otro en materia de arbitraje) que, en principio, «parecían apuntar a la eventual incoación de sendos incidentes de ejecución de sentencia, pero que finalmente concluyeron sin resolución y con la comunicación de prensa a la que antes me he referido», vuelve a lamentar el magistrado.
Y el tercero, como no podía ser de otra manera, «guarda relación con un nuevo recurso de inconstitucionalidad, esta vez contra la Ley Orgánica de Amnistía», que ha puesto de manifiesto la división interna de la Corte y cuyo análisis, pese a haber sido motivo de recusación en su caso, en el primer recurso planteado por el Partido Popular contra la norma, Macías no rehúye.
No en vano, para el jurista, los tres asuntos comparten varias circunstancias: los tres son de los supuestos más recientes junto con el tema, ya examinado sobre la cláusula de orden público en el arbitraje, en los que el TC ha analizado el contacto del Derecho de la Unión Europea DUE con la Constitución Española (CE) y su jurisdicción. «De hecho, uno de los supuestos viene motivado, en parte, por la sentencia dictada en relación con el arbitraje», reflexiona Macías.
Sin embargo, lo esencial, para el caso, es que todos ellos «comparten la negativa o, al menos, la resistencia o renuencia del TC a involucrarse en el diálogo con el TJUE», lamenta el autor. Una situación que, a su juicio, va más allá de lo evidente, la alergia al diálogo con las instancias supranacionales, y se convierte en «un obstáculo para que los jueces y tribunales de la jurisdicción ordinaria pudieran proseguirlo una vez que el TC ya hubiese dictado sentencia en el procedimiento en el que ese diálogo se intentaba sostener». De hecho, advierte Macías, «de haberse mantenido» esa dinámica, «hubiera podido determinar la infracción de los principios de primacía y efecto directo» que obligan a la jurisdicción nacional.
Es decir, los tres ejemplos prácticos que el magistrado pone sobre la mesa tienen de común, en definitiva, «por su contenido, tono y carácter reciente, que son expresión de la dirección que está adoptando la jurisprudencia del TC y que, como ha afirmado uno de sus magistrados en un voto particular», al que el propio autor alude al comienzo del libro, «podría llegar a interpretarse en el sentido de que el TC se situaría 'fuera del sistema judicial europeo'».