Varios inmigrantes congregados en los alrededores del Embolsamiento Loma Colmenar, en Ceuta
La ONU desmonta la reclamación marroquí: Ceuta y Melilla nunca fueron colonias mientras Gibraltar debe descolonizarse
Melilla pasó a ser Castilla en 1497, mientras que Ceuta perteneció a Portugal desde 1415, pasó a España mediante la unión dinástica de ambos países, y tras el Tratado de Lisboa de 1668 permanece como parte de España
El pasado viernes, el ministro de Justicia marroquí, Abdellatif Ouahbi, reclamó el derecho geográfico e histórico sobre Ceuta y Melilla, iniciativa que propuso como «solución definitiva a la situación actual». El ministro volvió a pronunciarse sobre esta cuestión, enfocando la problemática en los jóvenes, a los que, aseguró, no se les puede negar la entrada a Ceuta porque también es Marruecos.
Este conflicto diplomático que no ha sido atendido por el Gobierno de España hasta el momento –pese a que sí respondió a la decisión de Italia de establecer controles a los viajeros españoles– ya tiene una solución establecida en el derecho internacional, concretamente en el capítulo XI de la Carta de las Naciones Unidas, en la que se establecen cuáles son los Territorios No Autónomos.
Este es un concepto que nace con el fin de la Segunda Guerra Mundial, momento en el que, a nivel internacional, se puso el foco en la descolonización de territorios que hasta el momento continuaban supeditados a otro Estado. En este periodo surgen iniciativas como el propio capítulo XI de la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales de 1960 y la creación del Comité Especial de Descolonización un año más tarde.
Las características de un Territorio No Autónomo, de acuerdo con el Diccionario panhispánico del español jurídico, son las siguientes: no haber alcanzado la plenitud del gobierno propio, estar separado geográficamente del Estado que lo administra, poseer aspectos étnicos y culturales distintos del país al que pertenece y depender político-administrativamente de la potencia administradora.
El Reino Unido es la potencia administradora con mayor número de territorios pendientes de descolonización, con Anguila, Bermudas, Gibraltar, Islas Caimán, Islas Malvinas, Islas Turcas y Caicos, Islas Vírgenes Británicas, Montserrat, Pitcairn y Santa Elena; le siguen los Estados Unidos, con Guam, Islas Vírgenes de los Estados Unidos y Samoa Americana; Francia, con Nueva Caledonia y Polinesia Francesa; y Nueva Zelandia, con Tokelau. Además, figura el Sáhara Occidental, que la ONU mantiene en la lista debido a su situación jurídica internacional singular. Todos ellos forman un total de 17 Territorios No Autónomos.
Ni Ceuta ni Melilla figuran en la lista y esto es debido a que ambas históricamente han sido una parte más de España. Melilla pasó a formar parte de Castilla en 1497, mientras que Ceuta perteneció a Portugal desde 1415, pasó a España mediante la unión dinástica de ambos países y, tras el Tratado de Lisboa de 1668, permanece como parte de España.
Partiendo de las condiciones que establece la ONU para identificar un Territorio No Autónomo, Ceuta es, tal y como establece el BOE, «parte integrante de la Nación española», dispone de Asamblea, Consejo de Gobierno y presidente propios, al mismo tiempo que sus ciudadanos cuentan con representación en las Cortes Generales; la cuestión cultural es menos demostrable, pero sí que el español se impone como lengua principal de la ciudad. De este modo, la única condición que cumple Ceuta es la de separación geográfica.
Por su parte, Gibraltar no forma parte del Reino Unido, sino que es uno de sus catorce territorios de ultramar, tal y como establece su constitución; no cuenta con representación en el Parlamento británico, disponiendo de un parlamento propio; y también cumple de forma más evidente la condición de «aspectos étnicos y culturales» distintos del Estado que lo administra, con el ejemplo del «llanito», la variedad lingüística que mezcla el inglés y el español.