La magistrada María Alicia Millán Herrandis
Balance Judicial
El Gobierno usará el voto particular de una jueza del cuarto turno para activar a Conde-Pumpido en la ley de nietos
María Alicia Millán Herrandis se mostró en contra de suspender la polémica norma basándose en «meras hipótesis» sobre un riesgo electoral, todavía, inexistente
Tras el revés judicial de la Sala Tercera del Tribunal Supremo a los presuntos planes del Gobierno para alterar el censo, a través de la deniminada Ley de Nietos, el ministro de Justicia Félix Bolaños ha manifestado su intención de buscar soluciones para evitar el perjuicio que, con ello, y en su opinión, se está causando a miles de ciudadanos españoles que, si bien tienen la nacionalidad, nunca han pisado nuestro país. Más allá de la campaña mediática y de la consigna poítica que ha puesto en guardia al Ejecutivo, contra la medida cautelar acordada por el Alto Tribunal, los socialistas buscan ya la fórmula jurídica para revertir la situación y una de las claves será el único voto discrepante de una de las magistradas del TS que consideró una «incongruencia procesal» la posición mayoritaria.
Así las cosas, María Alicia Millán Herrandis -profesora de derecho administrativo en la Facultad de Derecho de la Universidad de Valencia, entre 1995 y 2000, con anterioridad a su ingreso en la Carrera Judicial fue letrada y, posteriormente, jefa de área del Gabinete Jurídico de la Generalidad, desde donde accedió por el cuarto turno a formar parte de la Carrera Judicial- se desmarcaba del resto de sus compañeros de sección para oponerse al bloqueo de la Ley de Nietos en base a meras «hipótesis» sobre un riesgo electoral, todavía, inexistente.
La posición de la magistrada, que se apoya más en «razones ideológicas y de afinidades» que en los argumentos «verdaderamente vinculantes aportados desde el criterio mayoritario», apuntan fuentes conocedoras del caso, servirá como punto de partida al Gobierno de Pedro Sánchez para justificar no sólo su relato político, sino los futuros recursos e impugnaciones necesarios para reactivar el proceso de nacionalizaciones, de la mano del Tribunal Constitucional de Cándido Conde-Pumpido. Al igual que el presidente de la Corte de Garantías, la magistrada forma parte del denominado «sector duro de la izquierda judicial», según ha podido saber El Debate.
La maquinaria en marcha
El propio Bolaños se apoyaba en un comunicado conjunto emitido por las dos asociaciones profesionales afines al Gobierno, Juezas y Jueces para la Democracia (JyJD) y la Unión Progresista de Fiscales (UPF) al hilo de la congelación del censo electoral de residentes ausentes (CERA), para criticar el auo del Supremo «privando provisionalmente de voto a miles de compatriotas».
Y exigía al Supremo que «resuelva este tema antes de las elecciones de 2027» porque, añadía Bolaños, «el censo no puede alterarse sin base legal sólida». El tema es un asunt vital para el Gobierno, hasta el punto de que el ministro de Justicia acudía a la Apertura del Año Judicial, el pasado jueves, acompañado por Sofía Puente, la hermana del ministro Oscar Puente, y la responsable de la instrucción con la que se abrió la puerta a la nacionalización masiva de descendientes de españoles emigrados, por razones económicas, rebasando los criterios ideológicos previstos en el texto de Ley Orgánica aprobados por el Congreso.
Toda una declaración de intenciones y muestra del respaldo del Ejecutivo a la que fuera directora general de Seguridad Jurñidica y Fe Pública de Justicia, entre 2020 y 2023.
El ministro de Justicia, Féliz Bolaños, a la izquierda de la imagen, acompañado de Sofía Puente, a su izquierda, y otras dos personas más en la Apertrura del Año Juidicial en el Supremo
Lo cierto es que frente a la decisión de medidas cautelares de la Sala Tercera del Alto Tribunal no cabe recurso en el Constitucional, de acuerdo con la doctrina consolidada en el propio órgano, salvo en casos excepcionales que han de regirse por por una estricta limitación en las intervenciones para no invadir la labor de la jurisdicción ordinaria. O, lo que es lo mismo, el TC rechaza esta posibilidad, como norma general, dado que sus funciones no son las de actuar como una cuarta instancia contra el acierto técnico, o no, de la decisión cautelar ordinaria.
Y, en todo caso, los expertos consultados por este diario, coinciden en que el Gobierno, como Administración Pública, no puede impugnar, como tal, la resolución que ha bloqueado los planes electorales de Sánchezs. Sino que contra esta posición temporal únicamente podrían actuar quienes se consideren perjudicados por la medida.