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José Luis Rodríguez Zapatero abandona la Audiencia Nacional tras declarar durante tres horasEFE

Juristas ponen en duda la estrategia de Zapatero con las joyas: «Da la sensación de que se lo inventó»

El pasado miércoles José Luis Rodríguez Zapatero envió al magistrado de la Audiencia Nacional José Luis Calama –que investiga el caso Plus Ultra, en el que está imputado el expresidente del Gobierno– un documento en el que argumenta que la mayoría de las joyas que la UDEF halló en su despacho son un regalo que le hizo en 2007 el entonces rey de Arabia Saudí Abdullah bin Abdulaziz Al-Saud. Según su relato, el monarca le entregó las alhajas en su «vivienda familiar» del Palacio de la Moncloa en junio de 2007, durante su viaje oficial a España los días 18 y 19 de ese mes.

En el escrito, Zapatero también dijo al juez Calama que, si considera «insuficiente la explicación ofrecida», que «acuerde recabar de las autoridades competentes del Reino de Arabia Saudí la correspondiente confirmación oficial del regalo recibido» mediante una solicitud de asistencia judicial internacional. En concreto, menciona a «la Corte Real de Arabia Saudí y, en particular, de su Jefatura de Protocolo». «Se trata de una diligencia de comprobación perfectamente delimitada que, de considerarse necesaria, permitiría despejar definitivamente la única cuestión fáctica que dio origen a esta pieza separada: el origen de las joyas», añadió.

Esaú Alarcón –abogado fiscalista en Gibernau Asesores y profesor de la Universidad Complutense– ha asegurado a El Debate que «el hecho de no haber declarado» las joyas «ya denota dolo o mala fe», y que lo defraudado «parece que superaría los 120.000 euros, con lo cual hablaríamos de un delito fiscal tanto si se trata de una donación como si fuera una ganancia no justificada».

En este contexto, ha puesto en duda la estrategia de Zapatero y ha manifestado que «no le puedes pedir al juez que acredite» que se trata de un regalo del rey de Arabia «y pida una comisión rogatoria, porque esto es como si a ti te pillan en el escenario de un crimen y dices 'no, la pistola, vaya usted a buscarla al río, que está aquí al lado', o 'pídale a la autoridad policial que busque el arma del crimen, que no la tengo yo'».

«Es verdad que hay un principio de no autoincriminación, de presunción de inocencia, pero si hay indicio de delito, el que ha de desacreditar esos indicios, esa prueba indiciaria, es el obligado tributario, no el juez. Con lo cual, aquí esa excusa sin una aportación mínima probatoria –y más en un caso de recibir unas joyas de ese tipo– lo que requeriría es algún tipo de documentación que acreditara que esas joyas deberían estar aseguradas, declaradas en patrimonio. Debería haber algún tipo de documentación, sobre todo debería tener un seguro o una valoración, y si no la tienen, pues da la sensación de que se la ha inventado», ha agregado.

Las joyas halladas en la caja fuerte del despacho de ZapateroUDEF

Sobre el posible castigo penal en el ámbito fiscal, Miguel Pérez de Ayala, profesor de Derecho Tributario en la Universidad CEU San Pablo, ha indicado que «el delito fiscal tiene una prescripción de cinco años –y no cuatro–, y cuando hablamos de un delito superior a 600.000 euros de cuota –que aquí podría ser, porque las joyas yo creo que valen bastante más– el plazo de prescripción llega a diez años».