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Varias personas durante el recuento del voto CERA en Bilbao

Varias personas durante el recuento del voto CERA en BilbaoEuropa Press

El BOE publica el fallo del Supremo que suspende la ley de nietos y se abre el plazo de alegaciones

La Sala ha ofrecido a los afectados la posibilidad de personarse en el procedimiento como parte codemandada y formular alegaciones en un plazo máximo de cinco días hábiles

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este jueves la decisión del Tribunal Supremo de mantener la suspensión cautelar del derecho a voto de los nacionalizados por la ley de nietos, por lo que a partir de mañana los 163.020 afectados disponen de cinco días para presentar alegaciones.

La Sala ha ofrecido a los afectados la posibilidad de personarse en el procedimiento como parte codemandada y formular alegaciones en un plazo máximo de cinco días hábiles, que cuenta a partir del día siguiente a la publicación de la parte dispositiva de los dos autos dictados el día 12 en el BOE.

En este sentido y para ahondar en una mayor «publicidad» a los afectados, el Supremo ha pedido también que se publiquen sus autos en el Tablón Edictal Judicial Único (que es el medio oficial de consulta de las resoluciones judiciales) y que se haga lo mismo en el tablón de anuncios correspondiente de los consulados españoles.

Eso sí, hay una circunstancia a tener en cuenta puesto que la personación exige el trámite de abogado y procurador para los afectados, que observan esta opción con la más costosa para recuperar su derecho a voto.

En paralelo a la vía judicial, los afectados disponen de la vía consular, que es la otra opción abierta puesto que el Constitucional ha descartado que pueda actuar antes del las elecciones del 29-N.

Colas ante el consulado español en Buenos Aires para beneficiarse de la 'ley de nietos'

Colas ante el consulado español en Buenos Aires para beneficiarse de la 'ley de nietos'EFE

Porque la Sala señala que «no regirá la suspensión» cuando los encargados de los consulados «expidan, bajo su responsabilidad, certificación acreditativa de que, a fecha 1 de agosto de 2026», esas personas accedieron a la nacionalidad acreditando documentalmente ser hijos o nietos de represaliados «por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación de identidad sexual», como fija la norma y no la instrucción de Justicia.

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