El ministro de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares, durante una sesión plenaria en el Congreso
Albares silencia en su web las cautelares del Supremo y solo 13 de los 172 consulados las publican
La Habana, Rosario, Ciudad de México y Monterrey figuran entre las grandes oficinas consulares que no han difundido las cautelares en sus canales digitales. El contraste resulta especialmente significativo tras años de intensa publicidad institucional sobre las nacionalizaciones y el voto exterior, con guías, vídeos y entrevistas de los propios cónsules
El Gobierno de Sánchez ha encontrado tiempo y recursos para explicar durante años cómo conseguir la nacionalidad española por la ley de nietos y cómo votar desde el extranjero. Pero cuando el Tribunal Supremo ha ordenado suspender los efectos electorales de determinadas nacionalizaciones, desaparecen las guías, los vídeos, las entrevistas de los cónsules y los anuncios en redes sociales. Ni siquiera el Ministerio de José Manuel Albares explica en su web central a quién afecta la resolución judicial. Y la urgencia tampoco parece haber acelerado al Ejecutivo: tardó tres días en publicarla en el BOE, mientras la Oficina del Censo Electoral sigue bajo la reprimenda del Supremo por no acreditar su ejecución.
Urgente lentitud
El Alto Tribunal ordenó publicar con carácter urgente su auto del 12 de octubre. Sin embargo, el Gobierno no lo insertó en el Boletín Oficial del Estado al día siguiente, sino el jueves 15, después de que una resolución administrativa fechada el 14 dispusiera su publicación. La orden judicial no establecía un plazo literal de 24 horas.
Treinta y cinco días después de las primeras cautelares, dictadas el 10 de septiembre, Exteriores sigue sin publicar una guía centralizada que permita a los afectados conocer su situación, acreditar la excepción por exilio o defender sus derechos. Tres días después de que el Supremo ordenara difundir su último auto en los registros consulares, solo 13 de las 172 oficinas identificadas por la Abogacía del Estado lo habían publicado en sus páginas oficiales, según el rastreo realizado por El Debate hasta este jueves 15 de octubre.
La diferencia entre publicidad judicial y comunicación efectiva es esencial. El Supremo exige insertar la resolución en los tablones consulares, no expresamente en internet. Una oficina puede haber cumplido formalmente sin difundirla en su web. Pero para los españoles que viven a cientos o miles de kilómetros del consulado, un anuncio exclusivamente físico puede resultar prácticamente invisible. Especialmente cuando disponen de cinco días hábiles para personarse ante el tribunal con abogado y procurador.
Exteriores explica cómo nacionalizarse y votar, pero no la suspensión
El contraste tiene una fecha reveladora. El 7 de octubre, cuando las cautelares llevaban casi un mes en vigor, Exteriores publicó en X un mensaje bajo el hashtag #ExterioresExplica proclamando que «votar desde el extranjero es un derecho fundamental». Enumeraba las garantías del voto exterior y los controles establecidos para asegurar la limpieza del proceso. El Consulado General de España en La Habana llegó a republicarlo.
El departamento de Albares mantiene además una página monográfica de Exteriores Explica, publicada el 23 de junio, dedicada a la Ley de Memoria Democrática. Detalla requisitos, documentación y procedimientos para obtener la nacionalidad y exhibe sus resultados: 1.225.188 solicitudes, 571.761 aprobaciones y 333.696 inscripciones, con datos a 31 de mayo de 2026.
El Debate ha documentado cerca de medio centenar de publicaciones consulares sobre aperturas de plazos, nuevas citas, prórrogas y trámites de nacionalidad, incluidas entrevistas en las que los propios cónsules explicaban cómo presentar y gestionar las solicitudes.
El silencio de Exteriores tiene, además, dos antecedentes relevantes. El Debate reveló que Albares omitió los autos del Supremo sobre la suspensión de ley de nietos en el boletín de prensa distribuido a los diplomáticos y que el propio ministro continúa incumpliendo una resolución firme del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno que le obligaba a entregar las circulares e instrucciones remitidas a los consulados para aplicar la Ley de Memoria Democrática.
La ley de nietos tiene guías, vídeos, entrevistas de cónsules y publicaciones en redes sociales. La suspensión electoral del Supremo, en cambio, desaparece de la comunicación digital central del Ministerio.
Los grandes consulados sin anuncio digital
Las páginas oficiales de Buenos Aires, Montevideo, São Paulo, Nueva York, Santiago de Chile, París, Edimburgo, Andorra, Burdeos, Agadir, Manila, Marsella y Fráncfort han publicado las cautelares. También lo ha hecho la Embajada española en Nicosia. Entre las oficinas sin anuncios digitales identificados figuran La Habana, Rosario, Ciudad de México y Monterrey, relevantes por su volumen de solicitudes de nacionalidad o por el crecimiento del Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA).
Desde el 1 de noviembre de 2022 hasta julio de 2026, el CERA aumentó en 37.552 electores en Ciudad de México, 33.886 en Rosario, 17.134 en La Habana y 15.923 en Monterrey. Son incrementos netos, no nacionalizaciones necesariamente atribuibles a la ley de nietos. La Abogacía del Estado reconoció ante el Supremo que 172 oficinas consulares habían tramitado las 168.896 inscripciones examinadas a 31 de agosto. Solo 16 concentraban 142.739, el 84,5 % del total.
La reprimenda del Supremo a la OCE
Distinta de la responsabilidad informativa de Exteriores es la ejecución de las cautelares, que corresponde a la Oficina del Censo Electoral (OCE), integrada en el Instituto Nacional de Estadística. El auto del 10 de septiembre ordenó impedir nuevas incorporaciones al CERA comprendidas en el supuesto controvertido de la disposición adicional octava de la Ley 20/2022 y suspender los efectos electorales de determinadas inscripciones ya practicadas. La medida exceptúa a quienes acrediten documentalmente el exilio exigido por la ley y no anula las nacionalidades concedidas.
La Junta Electoral Central trasladó el requerimiento a la OCE el 14 de septiembre. Sin embargo, el auto del 12 de octubre, que desestima los recursos de reposición de la Abogacía del Estado y del INE, contiene una dura censura a la actuación administrativa. La Sala afirma que el nivel de cumplimiento del auto es «inexistente» y rechaza que la Administración invoque dificultades materiales sin acreditar las actuaciones realizadas. El reproche cobra especial relevancia porque el Gobierno aportó posteriormente cifras sobre las inscripciones y su distribución consular que no había facilitado durante la vista del 7 de septiembre. Aunque esos datos agregados no equivalen a expedientes individualizados, cabe preguntarse qué información tenía la Administración y por qué no acreditó ante el Supremo los trabajos realizados.
La cuenta atrás del 29N
Las generales están convocadas para el 29 de noviembre y el censo de referencia quedó cerrado el 1 de agosto, antes de las primeras cautelares. La OCE debe identificar los electores afectados, comprobar las excepciones por exilio y ejecutar la suspensión sobre ese censo, sin esperar a futuras actualizaciones. La preparación y remisión de la documentación electoral convierte cada día en decisivo. Una vez emitido y escrutado el voto secreto, no es posible reconstruir individualmente su incidencia en el resultado.
Albares debe responder por la información y las instrucciones que reciben los consulados. La OCE, por la ejecución de la suspensión. Son responsabilidades diferentes que convergen en las urnas del 29-N. El ministerio encontró todos los canales posibles para explicar cómo adquirir la nacionalidad y votar desde el extranjero. Ahora debe explicar a quién afecta la decisión judicial. Y el INE debe demostrar que las cautelares no se quedan en el BOE, sino que se cumplen en el censo electoral.