(Foto de ARCHIVO) Agente de Criminalística de la Guardia Civil en la zona del accidente ferroviario en Adamuz (Córdoba)
Las advertencias de los maquinistas que Adif ignoró antes del accidente de Adamuz, pero la jueza no
En un escrito enviado en agosto de 2025 a los responsables del administrador ferroviario, los maquinistas advertían a diario del estado de la red de la Alta Velocidad entre Madrid y Sevilla; la magistrada de Montoro acaba de incorporarlas en la causa que instruye
La existencia «de baches, garrotes, descompensación de la catenaria» que producían en la vía entre Madrid y Sevilla «una degradación profunda y acelerada en el material rodante, causando frecuentes averías» fueron algunas de las advertencias que los maquinistas reportaron a Adif y que acaban de ser incluidas por la jueza de Montoro (Córdoba) en la causa que instruye. Precisamente, la magistrada acaba de calificar por primera vez los hechos en un auto como «presuntos delitos de homicidio y de lesiones imprudentes» que implicarían «negligencia o falta de cuidado con posibles responsables y condenas por los hechos».
La jueza de la plaza número 2 del Tribunal de Instancia de Montoro que lleva el caso de la tragedia de Adamuz, en la que perdieron la vida 46 personas y resultaron heridas más de 120 la tarde del 18 de enero, ha decidido incluir en dicho proceso el escrito que el Área Técnica del Semaf (Sindicato Español de Maquinistas y Ayudantes Ferroviarios) dirigió al administrador ferroviario, donde se comunicaba su preocupación «por el estado general de las líneas» y concretamente, el de la red de Alta Velocidad entre Madrid y Sevilla.
Dichas advertencias, ahora recogidas en la providencia de la instrucción, fueron enviadas en agosto de 2025, es decir, medio año antes del siniestro, al director de la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, al director corporativo en Adif y al subdirector de Circulación del administrador. Los maquinistas lamentaban que sus quejas «se reportaban diariamente a los responsables sin que se tome medida alguna».
Por tanto, Semaf, ante la «gravedad de la situación descrita y el riesgo evidente para la seguridad tanto de viajeros como trabajadores» solicitó «una medida preventiva» que entrara en vigor «con carácter inmediato: la reducción de la velocidad máxima en dichas líneas, estableciéndose como límite los 250 kilómetros por hora». Para los maquinistas, la medida debería «extenderse en el tiempo hasta que se adecue su estado para poder circular a velocidad superior». En concreto, los trenes siniestrados en Adamuz sí circulaban dentro de los límites de velocidad permitidos, el Iryo que descarriló lo hacía a 210 kilómetros por hora mientras que el Alvia con el que chocó circulaba a 205, lo que descartaría que la causa del siniestro fuera un exceso de velocidad.
Caso omiso
La denuncia que presentó la Asociación Liberum en dicho juzgado cordobés días después del siniestro ya incluía ese escrito del Semaf ahora incluido en la causa, subrayando que «pese a la gravedad de la advertencia, la identificación precisa de los riesgos y la propuesta de una medida correctora específica, razonable y proporcionada», los máximos responsables de la seguridad y la circulación ferroviaria «omitieron adoptar medida alguna para mitigar o eliminar el riesgo denunciado».
Para los denunciantes, se concluye que «el fatal accidente acaecido en Adamuz es la materialización directa del riesgo grave y conocido sobre el que fueron advertidos los denunciados», a lo que añadieron que «la omisión de su deber de actuar, no adoptando las medidas de seguridad que les eran exigibles y que les fueron expresamente solicitadas, fue la causa determinante o, cuanto menos, un factor causal decisivo en la producción del siniestro y de sus trágicas consecuencias».
Delito de homicidio
En su último auto, la magistrada ha calificado por primera vez los hechos como «presuntos delitos de homicidio y de lesiones imprudentes», una catalogación que apunta la implicación de una «negligencia o falta de cuidado con posibles responsables y condenas por los hechos». Las diligencias de homicidios y lesiones imprudentes comportarían que ciertas actuaciones habrían concurrido en las causas del accidente.
En su providencia, fechada el 10 de junio de 2026 en Montoro, la instructora rechaza «en forma y fondo» los motivos por los que se pide la recusación de los peritos nombrados por el juzgado para la investigación del accidente, en respuesta a la petición formulada por el abogado de una de las víctimas del siniestro.
La posible o posibles responsabilidades pasarían por el mantenimiento de las infraestructuras ferroviarias y los posibles problemas o deficiencias que son los que ocasionaron en primer lugar el descarrilamiento del primer tren y posteriormente el impacto del segundo que terminó con el Alvia fuera de su vía.