Trabajaba en un hotel de Ibiza
Justicia
Avalan el despido de una limpiadora de hotel por ocultar 2.600 dólares que encontró en una habitación
El TSJ balear confirma que la empleada guardó durante cuatro días el dinero en su taquilla y no lo entregó hasta que fue requerida tras la reclamación del cliente
Encontró una bolsa con 2.600 dólares mientras limpiaba una habitación de hotel en Ibiza. En lugar de entregarla de inmediato o comunicar el hallazgo a sus superiores, decidió guardarla en su taquilla, por si el cliente no volvía. Pero lo hizo. Cuatro días después, cuando el hombre ya había denunciado la desaparición del dinero, la gobernanta le preguntó directamente por el dinero y la mujer lo devolvió. Esa decisión le costó el empleo y ahora el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha confirmado que el despido disciplinario fue plenamente procedente.
Los hechos se remontan al 18 de abril de 2024. La mujer, camarera de pisos de un hotel de Ibiza, realizaba la limpieza habitual de las habitaciones cuando encontró una bolsa de plástico con 2.600 dólares en su interior. No avisó a ningún responsable ni la entregó conforme al protocolo del establecimiento para los objetos perdidos. En su lugar, se la llevó a su taquilla, donde permaneció durante cuatro días. Mientras tanto, el cliente reclamó al hotel la desaparición del dinero y la dirección inició las comprobaciones internas. Finalmente, la gobernanta preguntó directamente a la trabajadora por el hallazgo y fue entonces cuando entregó la bolsa.
Tras conocer lo ocurrido, la empresa abrió un expediente disciplinario y concedió a la empleada un trámite de audiencia para que ofreciera su versión de los hechos. Después acordó su despido, al considerar que había incurrido en una falta muy grave de deslealtad y abuso de confianza. En su escrito de descargo, la trabajadora reconoció lo sucedido y pidió disculpas por su actuación.
La camarera recurrió a los tribunales al entender que el despido era improcedente. Alegó que los hechos no revestían la gravedad suficiente para justificar la máxima sanción laboral y sostuvo también que la empresa no le había permitido defenderse adecuadamente antes de comunicarle el despido. Sin embargo, el Juzgado de lo Social número 1 de Ibiza desestimó íntegramente su demanda y declaró procedente la decisión empresarial.
Lejos de conformarse, interpuso un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Baleares. En él insistió en que la comunicación previa de la empresa era demasiado genérica y que solo en la carta de despido se le imputaron formalmente conductas como robo, hurto o deslealtad, por lo que entendía que se había vulnerado su derecho de defensa.
La Sala de lo Social rechaza todos esos argumentos. Los magistrados concluyen que la trabajadora «comprendió perfectamente los hechos imputados» y que «no sufrió indefensión real», ya que en el propio escrito de alegaciones explicó con detalle qué había hecho con el dinero, reconoció haberlo guardado en su taquilla y pidió disculpas. Por ello, considera que el trámite de audiencia previa cumplió plenamente su finalidad.
En cuanto al fondo del asunto, la sentencia es especialmente contundente. El TSJIB afirma que ocultar durante varios días una elevada cantidad de dinero perteneciente a un cliente supone una «quiebra absoluta de la buena fe contractual» y una «pérdida absoluta de confianza» por parte de la empresa. Añade, además, que «no existía justificación para considerar el dinero como propina», especialmente cuando la trabajadora conocía las normas internas del hotel sobre el tratamiento de los objetos hallados.