En condenado, este jueves

En condenado, este jueves

Justicia

Una conformidad rebaja de nueve a dos años la condena a un hombre por agredir sexualmente a una niña de 11 años

Las partes aceptan que padecía trastornos afectivos y esquizofrénicos que alteraban su percepción de las relaciones y de sus propios actos

Padecía trastornos afectivos y esquizofrénicos y, según han aceptado todas las partes, en el momento de los hechos no percibía correctamente las relaciones interpersonales ni era plenamente consciente de sus actos y decisiones. Esa alteración psíquica, unida a que indemnizó a la víctima antes de la sentencia, ha llevado a la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Baleares a condenar a un hombre a dos años de prisión por agresión sexual a una menor, en lugar de los nueve años y medio que se solicitaban inicialmente.

La resolución se ha dictado mediante una sentencia de conformidad, después de que acusación y defensa hayan alcanzado este jueves un acuerdo antes de la celebración del juicio. El acusado admite los hechos, es decir, reconoce que entre enero de 2017 y agosto de 2019, cuando la víctima, hija de la pareja de su hermana, tenía entre 11 y 12 años, aprovechaba los momentos en los que se quedaba a solas con para agredirla sexualmente. De este modo, queda cerrado el procedimiento sin necesidad de celebrar la vista oral.

La Audiencia ha apreciado dos circunstancias atenuantes. La primera es la alteración psíquica del condenado, ya que las partes consideran acreditado que sus trastornos afectivos y esquizofrénicos impedían que percibiera correctamente las relaciones interpersonales y que fuera plenamente consciente de sus actos y decisiones en el momento de los hechos.

La segunda atenuante es la reparación del daño. Antes de que se dictara la sentencia, el hombre había abonado íntegramente la indemnización de 12.000 euros fijada para la víctima. De esa cantidad, 8.000 euros ya habían sido entregados y los 4.000 restantes habían sido consignados judicialmente.

La aplicación conjunta de ambas circunstancias atenuantes ha permitido rebajar la petición inicial de nueve años y medio de prisión hasta los dos años de cárcel finalmente impuestos por la Audiencia Provincial de Baleares.

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