Ayuda económica
Castilla-La Mancha abre este viernes la convocatoria de ayudas de emergencia social
Las ayudas, dotadas con más de 10,4 millones de euros, están dirigidas a personas en situación de vulnerabilidad
La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha pondrá en marcha este viernes, día 2, una nueva convocatoria de ayudas de emergencia social dirigidas a personas en situación de vulnerabilidad. El programa contará con una dotación económica que supera los 10,4 millones de euros y permanecerá abierto hasta que finalice el año o hasta que se agote el crédito disponible.
Tal y como recoge la resolución publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM), podrán solicitar estas subvenciones aquellas personas que acrediten encontrarse en una situación de emergencia social y cumplan los requisitos generales establecidos en la convocatoria.
El procedimiento exige que las solicitudes se presenten utilizando los modelos normalizados incluidos en los anexos I y II. Estas deberán ir dirigidas a la persona responsable de la delegación provincial de la Consejería de Bienestar Social correspondiente al lugar de residencia del solicitante.
El Gobierno regional ha confirmado que esta convocatoria se enmarca dentro de las ayudas previstas para el ejercicio 2026 y busca dar respuesta a situaciones de especial necesidad a través de un sistema ágil y accesible.
La tramitación podrá realizarse por vía telemática mediante firma electrónica, a través del formulario habilitado en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, accesible en www.jccm.es. En este caso, la solicitud quedará registrada automáticamente en el sistema electrónico. Para facilitar la gestión del expediente, será necesario que la persona solicitante esté dada de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas Notifica, disponible en notifica.jccm.es/notifica.
De manera alternativa, también se contempla la presentación presencial de las solicitudes. Estas podrán registrarse tanto en los servicios centrales de la Consejería de Bienestar Social como en sus delegaciones provinciales, así como en cualquiera de los puntos habilitados conforme a lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.