La eutanasia ya es legal en varios países
Cataluña
El TSJC avala que un padre pueda impedir la eutanasia de su hijo, aunque tengan una mala relación
Francesc, de 54 años, sufre una importante afectación en la movilidad tras sufrir dos infartos y cuatro ictus
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha autorizado a un padre a que se persone en la causa judicial contra la decisión de su hijo, que ha solicitado recibir la eutanasia. De este modo, la sala contenciosa-administrativa del alto tribunal dalla razón a la fiscalía y al familiar, por lo que revoca la decisión judicial de permitir la muerte asistida para un hombre de 54 años, Francesc, que sufre una importante afectación en la movilidad tras sufrir dos infartos y cuatro ictus desde 2020.
«Los padres pueden tener un interés legítimo, aunque no sean titulares de este derecho a la vida ajena. Se trata de un interés propio que, incluso, puede entrar en colisión con las preferencias, en este caso del hijo», asegura el tribunal.
Por este motivo, se deja claro en la sentencia que «no se puede descartar en ningún caso de manera genérica e indiscriminada la legitimación judicial de los padres como ejercientes de un interés legítimo en el hecho de que los hijos continúen con vida».
Y esto incluye también a aquellos que puedan tener mala relaciones con sus hijos, porque ello no afecta al «deseo» de que un hijo «se encuentre en las mejores condiciones posibles y que su bienestar esté garantizado».
Esta decisión del TSJC lo que implica es devolver al juzgado la decisión sobre la eutanasia de Francesc, a quien en julio del año pasado, médicos y expertos dieron luz verde a su petición. Sin embargo, su padre, que tiene 93 años, acudió a los tribunales. En primera instancia, la juez no aceptó la demanda del progenitor y le concedió a su hijo la muerte asistida, asegurando que se trataba de «una decisión eminentemente personal y que presenta un fuerte componente de autodeterminación de la persona».
Otro caso judicializado
Esta situación recuerda a la de Noelia, la joven de 24 años con paraplejia, que también ha solicitado la eutanasia. El pasado mes de marzo la juez rechazó el recurso de su padre en contra de la resolución de la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña que daba luz verde a este proceso.
La juez argumentó en la sentencia que el padre no había aportado ninguna prueba de que su hija tenga disminuidas las capacidades, que además fueron analizadas por diversos profesionales durante el procedimiento.
La juez consideró que «no se encuentra justificada» la petición del progenitor de impedir la muerte digna de la hija, que es mayor de edad y que, aunque tiene un trastorno límite de la personalidad, según el informe psiquiátrico realizado, no sufre ninguna crisis o descompensación relacionada con el mismo que afecte a sus capacidades.