Ayuntamiento de Martorell
Cataluña
La negativa a empadronar a okupas llega a los tribunales y divide a los ayuntamientos catalanes
Entidades sociales han denunciado a los consistorios de Lérida y de Martorell
La ley establece que toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente, aunque no haya un título jurídico que lo acredite, ni un alquiler, ni una propiedad. Y la polémica surge porque hay determinados ayuntamientos en Cataluña que ponen trabas, cuando no se niegan a empadronar a personas que viven en viviendas ocupadas. Figueres, Ripoll, Martorell (gobernado por Junts) o Lérida (PSC), son algunos ejemplos. E incluso, en el caso de estos dos últimos municipios, han sido denunciados por entidades sociales por dificultar este derecho.
El alcalde de Martorell, Xavier Fonollosa, ha dejado claro que solo van a empadronar a aquellos que acrediten tener el domicilio establecido en el municipio, con un contrato de alquiler, una escritura de propiedad o la autorización del propietario del inmueble. Él defiende que no empadronará okupas, al menos que se lo obligue un juez. Y es que recuerda que ocupar de forma ilegal un inmueble «es delito», y esto nunca puede otorgar derechos. Al contrario, la ocupación hay que «combatirla», sentencia.
En el caso de Lérida, su ayuntamiento asegura que empadrona a residentes de la ciudad, «incluso si no tienen título habilitante» siempre y cuando se acredite, por alguna vía, la residencia efectiva en el domicilio, que es lo que prevé la normativa. Según explicaron fuentes municipales a la agencia ACN, el protocolo que regula el empadronamiento en Lérida es muy «garantista» y cumple con todos los requisitos legales. Recuerdan que el año pasado se tramitaron casi 11.000 empadronamientos en la ciudad.
No piensan así las entidades que han denunciado a la Paeria, que hablan de «graves obstáculos». Hablan de la falta de citas en la Oficina Municipal de Atención Ciudadana, que no se tenga una resolución de los expedientes dentro del plazo legal de tres meses, que se solicite documentación que no exige la normativa estatal o la exigencia de un período previo de residencia en la ciudad que, en algunos casos, es de seis meses.
Puerta de entrada a ayudas
La abogada Esther Sancho, especializada en derechos humanos, asegura que esta situación, la negativa de estos ayuntamientos a empadronar, afecta especialmente a las personas que no tienen escritura de propiedad o un contrato de alquiler. Y eso, asegura, abarca un «amplio abanico de casuísticas».
Asegura que entre los afectados, y que han llevado al consistorio a los tribunales, hay desde personas o familias que pagan una renda al propietario que, a su vez, no quiere formalizar un contrato porque el domicilio no está en condiciones de habitabilidad o porque hay sobreocupación; también se da el caso de personas que tienen alquilada una habitación, pero no tienen acceso al contrato porque está pagando a un subarrendador.
El problema, añade, es que se «están mezclando cuestiones que son ajenas al padrón», como es el caso de la okupación. Reconoce que hay cuestiones que pueden ser «problemáticas», pero también deja claro que «no es el padrón donde solucionarlos». Entre otras cosas, añade, porque se deja desamparadas a personas vulnerables, porque el padrón no deja de ser la puerta de entrada a determinados servicios, como la educación o la salud. Pero incluyendo el concepto de la propiedad, apunta, acaban creando los ayuntamientos «confusión».
En el caso de Figueres (Gerona) Albert Alemany, que es concejal de Nuevas Tecnologías, Empadronamiento y Buen Gobierno, explica que lo que se exige es cualquier documento «que nos indique que se vive allí». El problema viene cuando no se puede certificar. En este caso, dice, «tenemos que comprobar que, realmente, el padrón sea fiel y asegurarnos de que lo que nos indica es real».
Explica que en la ciudad hay agentes de padrón, que son los que hacen esas verificaciones o en algunos casos la Guardia Urbana. El año pasado, el consistorio detectó 804 casos de fraude en el padrón municipal y se dio de baja a estas personas. Se encontraron casos en los que se aseguraba que vivían en un determinado domicilio que se comprobó posteriormente que no era cierto; o parejas que se habían separado, pero a la práctica no era así.
El objetivo del padrón, dice Alemany, es el de hacer una radiografía de la ciudad para que se puedan planificar los servicios. El problema, apunta, es que también es «la puerta de entrada» a ayudas o servicios, y aquí, a veces, «se intenta usar el padrón para acceder a estas ayudas». Y luego está el caso de aquellas viviendas en las que hay 15 personas empadronadas en viviendas que tienen 50 metros cuadrados. En este sentido, explica que los cambios que piden van en esta dirección, que se pueda comprobar en qué condiciones viven en estas personas, «si es que realmente es así».
En cualquier caso, este debate no es nuevo. Ya en 2022, un juez anuló una medida parecida en Premià de Mar (Barcelona) y dictaminó que el padrón es un derecho universal que requiere demostrar residencia habitual, incluso si se vive en condiciones precarias o en viviendas ocupadas de forma ilegal.