El presidente del PP, Alberto Núñez Feijóo, junto con el presidente de Valencia, Carlos Mazón

Imagen del presidente del PP, Alberto Núñez Feijóo, junto a Carlos Mazón, el 31 de octubre de 2024Europa Press

Una asociación de víctimas de la dana pide que la jueza cite como testigo a Feijóo

El colectivo Asociación de Víctimas Mortales Dana 29-O subraya que el presidente del PP declaró que Mazón le estaba informando «en tiempo real» de lo que estaba sucediendo

Uno de los colectivos que representan a familiares de fallecidos en la dana de Valencia del 29 de octubre de 2024 y que están personados en la causa penal como acusación particular ha pedido a la jueza que instruye el sumario que cite a declarar como testigo al presidente nacional del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo. En concreto, se trata de la Asociación de Víctimas Mortales Dana 29-O. El motivo esgrimido es que aseguró en una comparecencia en el Cecopi el 31 de octubre de 2024 que el ahora expresidente de la Generalitat Carlos Mazón le había estado informando «en tiempo» de la situación generada por las riadas.

Así consta en un escrito en el que la representación de la asociación aporta el enlace de un vídeo, entre otros medios, en el canal de Youtube de RTVE Noticias relativo a la declaración efectuada por Núñez Feijóo con ocasión de su visita al Cecopi el 31 de octubre de 2024, donde compareció públicamente.

La asociación señala que, en esa comparecencia, Feijóo declaró que el presidente de la Generalitat «desde el pasado lunes me ha venido informando en tiempo real y me venía diciendo que la situación era muy compleja y desde el martes ya me estuvo informando igual que ayer que nos tememos que haya más personas fallecidas».

La entidad ha pedido a la jueza que, en primer lugar, requiera a la Corporación de Radio y Televisión Española, S.A., para incorporar las declaraciones al procedimiento y que remitan grabación del vídeo alojado en el canal de Youtube de RTVE Noticias; que la cadena certifique si la grabación referida se realizó el 31 de octubre de 2024 y que se cite en calidad de testigo a Núñez Feijóo, citación que puede ser realizada en la sede de Génova.

El colectivo de víctimas señala a la jueza que las diligencias de prueba interesadas deben considerarse «pertinentes y necesarias» para el esclarecimiento de los hechos, en concreto tras el auto de la Audiencia que concluyó que, de momento, «procede avanzar en la investigación, practicando todas aquellas diligencias útiles y necesarias para completarla». En la grabación, recoge el escrito, Feijóo refirió que Mazón «le venía informando» en tiempo real de la situación, que era «muy compleja» y que se lo comunicaba «desde el pasado lunes (es decir, desde el día 28 de octubre de 2024)».

Por ello, la asociación, en función de la vía que abre el auto de la Audiencia Provincial, señala que «han sido llamados al procedimiento diversos testigos que, en mayor o menor medida, tuvieron contacto con el señor. Mazón el día 29 de octubre de 2024, bien de manera personal o telefónica» y «procede, por su pertinencia y necesidad, la declaración del testigo propuesto, a fin de dar testimonio del contenido de esa información 'en tiempo real' que le transmitía el señor. Mazón, así como el origen o la fuente de conocimiento de dicha información que le era trasladada por el señor Mazón».

«Parco» listado de llamadas

Asimismo, apunta que debe ser también «de interés» para la investigación determinar «qué información le fue transmitida» a Feijóo y «cuándo», dado que el presidente del PP, en su declaración ante los medios, «refirió que esa información en tiempo real venía remitiéndose desde el lunes 28 de octubre de 2024, detalle que no consta indicado en el parco listado de llamadas telefónicas remitidas en relación al señor Mazón».

Al respecto, y ante ese listado de llamadas, cree necesario conocer «el mecanismo de comunicación por el que se trasmitió esa información 'en tiempo real'». Así, «y sin perjuicio de que, al menos en este momento procesal, la conducta de quien fuera presidente de la Generalitat, seño. Mazón, queda fuera del ámbito subjetivo de la presente investigación», la asociación no descarta que esas diligencias «puedan aportar información relevante a los efectos de la instrucción penal», en aras «al esclarecimiento de los hechos objeto de investigación y a la depuración de responsabilidades derivadas de los mismos».

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