Imagen de archivo de Salomé PradasEP

La jueza de la dana entra en bucle contra la Generalitat Valenciana pese a las declaraciones de varios testigos

La magistrada considera «negligencia grosera» que Pradas y Argüeso no movilizaran a todos los efectivos disponibles para el control de los barrancos el 29 de octubre

Un nuevo argumento contra la Generalitat Valenciana casi por cada testigo que entra en el Juzgado de Catarroja señalando los fallos de otras administración en la gestión de la dana de Valencia. Este martes la jueza instructora Nuria Ruiz Tobarra se ha servido del rechazo a una petición de diligencias para cargar, por enésima vez, contra el papel de la administración valenciana aquel 29 de octubre de 2024.

La magistrada no se ha cortado en cargar, por enésima vez, contra la gestión de la emergencia de la dana llevada a cabo entre Emilio Argüeso y Salomé Pradas. Entre todas las interpretaciones, Ruiz Tobarra incluso señala como «negligencia grosera» que los responsables de la gestión no aglutinaran a todas las personas disponibles bajo su poder para el control de los barrancos. "No son solo los agentes de la CHJ, son también los agentes medioambientales, los agentes de la Guardia Civil, la Policía Nacional, las Policías

Locales, los bomberos, los cuales se pueden utilizar al objeto de analizar y comprobar visualmente el aumento de los caudales", señala la jueza en un auto al que ha tenido acceso El Debate.

Todo se debe a que la jueza ha rechazado la petición de diligencias para concretar el despliegue de la Policía del Agua de la CHJ aquel 29 de octubre. Es el segundo auto consecutivo de la magistrada percutiendo en la responsabilidad de la Generalitat Valenciana y calificando, con expresiones ciertamente contundente, el trabajo realizado aquel día por los gestores de la emergencia.

Una parte representada como acusación particular en la macro causa quería saber al detalle el dispositivo de la Confederación Hidrográfica del Júcar aquel día, pero la jueza ha restimado oportuno insistir en que no hay responsabilidad alguna más allá de la Generalitat Valencia, sobre la que sitúa la responsabilidad del «control y vigilancia de los barrancos».

La magistrada estima que «una vez se pasa a una situación de emergencia por riesgo de inundación, el control de los barrancos ante un eventual desbordamiento ha de corresponder a la Generalitat Valenciana».

Tras detallar todos los cuerpos de emergencias que se podrían haber movilizado aquel día, la jueza prosigue señalando que «la negligencia grosera de la que se ha hecho referencia en diversas resoluciones, la falta de control en la utilización de la ingente cantidad de recursos humanos de los que se podían servir los investigados para controlar los barrancos, la pasividad en su reclamación, la falta de control continuo de su vigilancia, dado que la emergencia no cesó en ningún momento».

Además, Nuria Ruiz Tobarra firma que «una vigilancia de los barrancos que sabían plenamente los investigados les correspondía a los mismos, no solo porque así lo recoge el plan especial de inundaciones, cuya normativa debían de conocer su tenían encomendadas en la Comunidad Valenciana la protección de civil de emergencias, sino porque se lo dijeron de viva voz los técnicos en varias ocasiones, como se comprueba en las grabaciones, y porque lo escribió de su puño y letra la propia investigada Salomé P., y porque, como se ha reiterado en múltiples ocasiones las inundaciones y desbordamientos en barrancos se iban retransmitiendo por los medios y comunicados a través de las llamadas del 112».

Justamente este auto tan demoledor contra la Generalitat Valenciana se firma después de la declaración del escolta de este lunes, desechando el bulo de que Maribel Vilaplana llevara a Carlos Mazón al Palau de la Generalitat aquel día, situación que la jueza incluso consideró como «hipótesis plausible» en un auto, y tras otras testificales que insisten en señalar la responsabilidad, por ejemplo, de la CHJ por su «silencio» aquel día sin notificar los caudales de los barrancos y sin facilitar la interpretación de los datos registrados por el SAIH.