Anuncio de suspensión del desahucio por parte del SindicatoSindicat de Vivenda Carolines

Primer desahucio suspendido por el decreto 'trampa' de Sánchez: una madre de Alicante evita el desalojo hasta 2030

Un sindicato de inquilinos atribuye a las medidas aprobadas por el Gobierno tras la convocatoria electoral el aplazamiento del desalojo de una mujer con sus tres hijos menores

Una madre y sus tres hijos menores, de 8, 15 y 17 años, han conseguido evitar el desahucio de la vivienda en la que residen en Alicante. El lanzamiento estaba previsto para este jueves, 8 de octubre, pero un Juzgado ha acordado suspenderlo hasta el 31 de diciembre de 2030 al considerar que concurren las circunstancias previstas en el nuevo decreto de vivienda aprobado por el Gobierno.

El caso se convierte así en el primer ejemplo conocido en Alicante de la aplicación de una norma que Pedro Sánchez ha vuelto a llevar al Consejo de Ministros después de que el Congreso rechazara la semana pasada los decretos de vivienda impulsados por el Ejecutivo.

La operación tiene una evidente dimensión política: tras no conseguir la mayoría necesaria en el Pleno, el Gobierno ha aprobado nuevos textos, con modificaciones, que deberán ser convalidados ahora por la Diputación Permanente, donde la correlación de fuerzas le resulta más favorable.

La clave es que la nueva norma no necesita esperar a esa votación para producir efectos. El real decreto-ley aprobado el martes ha sido publicado este miércoles en el BOE y establece su entrada en vigor para el 8 de octubre. Es decir, coincidiendo con la fecha señalada para el lanzamiento de la familia alicantina.

El juzgado ha aplicado precisamente ese nuevo marco. Según el auto, la familia se encuentra en situación de vulnerabilidad económica, no dispone de una alternativa habitacional y la parte que reclama el desalojo es una persona jurídica dedicada a la adquisición de inmuebles. El artículo 2 del decreto establece la suspensión del procedimiento, en determinadas circunstancias, cuando concurren esos requisitos.

Sánchez rescata las medidas que el Congreso rechazó

El precedente político es inmediato. El 2 de octubre, el Congreso acordó derogar el Real Decreto-ley 26/2026, aprobado apenas unos días antes por el Consejo de Ministros. Aquel texto incluía ya medidas para suspender determinados desahucios de personas vulnerables sin alternativa habitacional hasta finales de 2030.

El Gobierno ha reaccionado aprobando un nuevo real decreto-ley que mantiene buena parte de esa arquitectura y añade modificaciones. La propia Moncloa reconoce que los nuevos textos mantienen «la esencia» de los anteriores, aunque incorporan nuevas medidas.

Ahí está el origen de ese 'decreto trampa': el Ejecutivo no ha conseguido sacar adelante en el Pleno las normas que pretendía aprobar y, tras la convocatoria de elecciones, las ha reformulado para someterlas a la Diputación Permanente. No se trata, jurídicamente, de volver a votar exactamente el mismo decreto derogado, sino de aprobar nuevos textos con un contenido parcialmente coincidente.

La diferencia institucional es relevante. La disolución de las Cortes y la convocatoria de elecciones generales para el 29 de noviembre hacen que la convalidación de los nuevos reales decretos corresponda a este órgano donde los partidos que votaron a favor de los primeros decretos la pasada semana cuentan con mayoría.

Aplicación antes de la votación

El Gobierno dispone así de una ventaja temporal: las medidas pueden comenzar a desplegar sus efectos antes de que la Diputación Permanente decida sobre su convalidación. En el caso de Alicante, la coincidencia entre la entrada en vigor y la fecha del lanzamiento ha resultado decisiva.

Imagen de la acampada por la vivienda en AlicanteSINDICAT DE VIVENDA CAROLINES

El nuevo decreto establece hasta el 31 de diciembre de 2030 un régimen de suspensión para determinados procedimientos cuando la parte demandante sea una entidad dedicada a adquirir inmuebles o carteras de créditos hipotecarios impagados en las condiciones definidas por la norma y la persona demandada sea vulnerable y carezca de alternativa habitacional.

Eso es exactamente lo que ha ocurrido en este procedimiento. El Ayuntamiento de Alicante había certificado la situación de vulnerabilidad de la familia y la ausencia de otra vivienda en la que residir. El tribunal considera que concurren las circunstancias necesarias para aplicar el nuevo régimen y ha dejado sin efecto el lanzamiento.

Pero la suspensión hasta 2030 no significa que la familia tenga garantizado permanecer en la vivienda durante cuatro años de forma automática. El propio régimen contempla la revisión de las circunstancias y permite levantar la suspensión si desaparece la vulnerabilidad o aparece una alternativa habitacional adecuada.

Una familia en el centro de una batalla política

La familia vive en el inmueble desde 2014. Según el Sindicat de Vivenda Carolines y el colectivo Zona Nord, la vivienda estuvo inicialmente vinculada a un alquiler social del Banco Sabadell y posteriormente habría pasado a Promontoria, sociedad vinculada al fondo Cerberus. El contrato no habría sido renovado y posteriormente se inició el procedimiento de desahucio.

Los colectivos de vivienda habían anunciado movilizaciones para impedir el lanzamiento y han utilizado el caso para denunciar la actuación de sociedades vinculadas a fondos de inversión y la evolución de los precios en la Zona Norte de Alicante.

La cuestión política no termina con la aprobación del decreto. El Gobierno tiene ahora que conseguir que la Diputación Permanente convalide unas normas que el Pleno del Congreso acaba de rechazar en su versión anterior.

La votación previsiblemente no se producirá de forma inmediata. Con las elecciones fijadas para el 29 de noviembre, el calendario parlamentario queda condicionado por la campaña electoral, que comenzará oficialmente el 13 de noviembre.

La decisión de cuándo llevar los decretos a la Diputación Permanente tiene, por tanto, una evidente dimensión política: al Ejecutivo le interesa que la aprobación parlamentaria se produzca lo más cerca posible de las elecciones para que sus medidas de vivienda estén plenamente presentes en el debate electoral. La fecha concreta de la votación, no obstante, corresponde fijarla a los órganos parlamentarios.

El movimiento permite al Gobierno mantener en vigor durante la precampaña unas medidas que habían sufrido un revés parlamentario pocos días antes.

La operación tiene, por tanto, dos planos distintos. En el jurídico, el nuevo real decreto establece desde su entrada en vigor un régimen de suspensión de determinados desahucios y el juzgado de Alicante ha considerado que este caso reúne los requisitos.

En el político, el Ejecutivo ha reformulado unas medidas después de que el Congreso rechazara el decreto anterior y las ha trasladado al órgano parlamentario que debe convalidarlas tras la disolución de las Cortes.

Para la madre y sus tres hijos, la consecuencia inmediata es que este jueves no habrá desalojo. Para el Gobierno, el caso constituye la primera aplicación práctica de una reforma que ahora vuelve a estar en manos de los diputados, esta vez en una Diputación Permanente con una composición que le permite aspirar a la mayoría que no consiguió en el Pleno.