Audiencia Provincial, Fiscalía y Juzgados de Valencia
Condenados una casera y su cuñado por allanar la vivienda cuando aún residía el inquilino y negarse a salir
Los dos acusados llegan a un acuerdo con la Fiscalía y evitan la prisión
El desacuerdo entre una propietaria y uno de sus inquilinos acaba en los tribunales después de que la mujer intentara recuperar su vivienda antes de poner fin legalmente al arrendamiento. La intervención de su cuñado y la negativa de ambos a abandonar el inmueble, pese a las advertencias recibidas, han terminado con una condena de la Audiencia de Valencia por allanamiento de morada y coacciones agravadas, una conducta vinculada al denominado acoso inmobiliario.
Los dos acusados han aceptado los hechos y han alcanzado un acuerdo de conformidad con la Fiscalía y la acusación particular. Esta decisión ha evitado la celebración del juicio ante un Tribunal del Jurado, que estaba previsto inicialmente. La sentencia, pronunciada oralmente por el magistrado presidente, es firme y no puede recurrirse.
El origen del caso se remonta al alquiler de una vivienda a dos personas mientras la propietaria se encontraba en Ecuador. La operación se gestionó a través de una inmobiliaria, que comunicó a la dueña el acuerdo alcanzado con los arrendatarios y le transfirió el importe correspondiente a la primera mensualidad. La firma del contrato quedó aplazada hasta el regreso de la propietaria a España.
Sin embargo, cuando volvió al país, la mujer manifestó su desacuerdo con uno de los inquilinos y expresó su intención de recuperar el inmueble. Uno de los arrendatarios accedió a abandonar la vivienda y, durante la tarde del 29 de febrero, se reunió con la propietaria para devolverle las llaves y recibir la fianza.
Entró con maletas y se puso a cocinar
La situación dio un giro unas horas después, cuando la mujer y su cuñado regresaron al domicilio utilizando esas mismas llaves. Ambos entraron con maletas de gran tamaño y varias bolsas, a pesar de que el otro arrendatario continuaba viviendo allí y no había autorizado su entrada. Una vez dentro, el cuñado de la propietaria comenzó a cocinar, lo que provocó el conflicto cuando llegó el inquilino que permanecía en la vivienda.
Ante la intención de ambos de quedarse en el inmueble, el arrendatario alertó a la casera, que a su vez avisó a la Policía. Los agentes se desplazaron hasta el domicilio y explicaron a los dos acusados que no podían actuar de ese modo, dadas las circunstancias y la presencia de un inquilino en la casa. Pese a las advertencias, tanto la propietaria como su cuñado se negaron a marcharse, aun sabiendo que el arrendamiento seguía vigente respecto al ocupante que permanecía en la vivienda.
Por estos hechos, la Audiencia de Valencia ha condenado a ambos como responsables de un delito de allanamiento de morada cometido como medio para perpetrar otro de coacciones agravadas. Este último delito se relaciona con las actuaciones dirigidas a impedir que una persona disfrute de su vivienda y se conoce habitualmente como acoso inmobiliario.
La pena impuesta a cada uno es de seis meses y un día de prisión, además del pago de las costas judiciales. No obstante, el tribunal ha acordado suspender la ejecución de las penas de cárcel durante dos años, con la condición de que los condenados no cometan ningún otro delito en ese periodo. La resolución es firme, por lo que no cabe presentar recurso contra ella.