Militares españoles del Destacamento ‘Vilkas’, que permanecerán cuatro meses en Lituania

Militares españoles del Destacamento ‘Vilkas’Ministerio de Defensa

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Estos son los ciudadanos que serían reclutados si España entra en guerra

La Constitución Española es tajante con este asunto y en su artículo 30 estipula que «los españoles tienen el derecho y deber de defender a España»

Actualmente, una de las palabras que más resuena en Europa es 'guerra'. Vladimir Putin, presidente de Rusia desde 2012, ha dado un paso adelante en Ucrania que ha hecho saltar las alarmas en varias naciones. Como resultado, estas han decidido aumentar sus presupuestos de defensa para estar militarmente preparadas en caso de que comience el conflicto.

Desde los años 90 y la guerra de Bosnia, los conflictos armados parecían algo lejano, un escenario imposible en suelo europeo y en la mente de sus ciudadanos. Sin embargo, este debate se ha vuelto complejo en España, ya que el Gobierno se mueve entre el apoyo a sus aliados de la Unión Europea y la OTAN y el antimilitarismo de una parte del propio Ejecutivo y sus socios parlamentarios.

Asimismo, desde que Pedro Sánchez llegó al poder en 2018, el gasto militar se ha incrementado y el presupuesto de Defensa se dirige hacia el 2%. Aun así, aunque nuestro país no se atreve a abordar la guerra de manera tan clara como otros, la Constitución Española es tajante en este asunto y, en su artículo 30, estipula que «los españoles tienen el derecho y deber de defender a España».

El ejército profesional español existe desde 2001, año en el que el Gobierno de José María Aznar abolió el servicio militar obligatorio, conocido como la mili. En la actualidad, las Fuerzas Armadas están compuestas por unos 120.000 efectivos, quienes serían, obviamente, los primeros en actuar en caso de conflicto armado.

Tres tipos diferentes

A partir de ahí, se debe revisar la legislación para conocer quiénes serían los siguientes en tener que ponerse el uniforme. En este sentido, la ley de la carrera militar, aprobada en 2007, contempla tres tipos de reservistas diferentes: los de especial disponibilidad, los voluntarios y los obligatorios.

Un detalle que se debe tener en cuenta es que su proceso de incorporación se iniciaría en situaciones excepcionales o episodios de crisis, cuando «las necesidades de la defensa nacional no puedan ser atendidas por los efectivos militares profesionales».

ORden

  • Reservistas voluntarios y los de especial disponibilidad: grupo compuesto por militares que salieron del Ejército al cumplir los 45 años y por civiles que han solicitado su adscripción a las Fuerzas Armadas (cerca de 8.000 personas en total).
  • Obligatorios: si no fuera suficiente, es cuando el Gobierno tendría que pedir autorización al Congreso para convocar a los obligatorios, es decir, a civiles sin ninguna vinculación previa con las Fuerzas Armadas (quienes estén entre los 19 y los 25 años).

Procedimiento tras el reclutamiento

Una vez completado el primer paso, los jóvenes recibirían una ficha con un cuestionario sencillo para aportar datos de forma voluntaria (estado de salud, físico y preferencias sobre el Ejército al que desean incorporarse). Además, también pueden aclarar si están dispuestos a entrar en unidades de fuerza o preferirían otro tipo de destinos que se encuentren lejos de la primera línea.

Posteriormente, se llevarían a cabo los reconocimientos médicos y las pruebas psicológicas y físicas. Tras recibir el uniforme, quedarían plenamente integrados en las Fuerzas Armadas con el empleo de soldados, tendrían que cumplir las reglas del comportamiento militar y estarían sujetos a las leyes penales y disciplinarias militares.

Finalmente, aquellos que no se vean en este escenario siempre pueden acogerse a la objeción de conciencia, ya que pueden ser objetores quienes no quieran prestar servicio en las Fuerzas Armadas ni en otras organizaciones «en las que se requiera el empleo de armas».

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