Juzgados de Pontevedra
La Justicia libra a un particular de Pontevedra de pagar una deuda de más de seis millones de euros
Le concede el beneficio al concluir que cumple todos los requisitos de la Ley Concursal y que ningún acreedor se opuso a la solicitud
El magistrado de la sección Mercantil del Tribunal de Instancia de Pontevedra ha exonerado a un particular de pagar una deuda de 6,3 millones de euros. Esta persona solicitó la concesión de ese beneficio tras la declaración de un concurso sin masa, un proceso que se declara ante la ausencia de activos o cuando la realización de esos activos resultaría antieconómica.
El juez, al no haberse instado por acreedores el nombramiento de administrador concursal y probarse la insuficiencia de masa activa para abrir liquidación, acordó la conclusión del concurso sin masa.
Tras analizar la solicitud del deudor, el magistrado concluye que cumple los requisitos previstos en el Texto Refundido de la Ley Concursal para obtener la exoneración del pasivo insatisfecho, al no concurrir causas de exclusión o prohibición y no haberse formulado oposición por los acreedores.
La resolución identifica expresamente los créditos que quedan exonerados -incluyendo varios créditos bancarios y comerciales- y determina el alcance concreto de la exoneración frente a la Tesorería General de la Seguridad Social, aplicando los límites jurisprudenciales que permiten exonerar 5.000 euros íntegros y el 50 % hasta 10.000 euros sobre los restantes, de modo que se exoneran 8.378,17 euros de las obligaciones frente a esa entidad.
Asimismo, el magistrado advierte de que los acreedores no exonerados conservan sus acciones y que los acreedores afectados deben comunicar la exoneración a los sistemas de información crediticia.
Entre los acreedores figuraban varios bancos y entidades de servicios financieros, empresas, así como el Ayuntamiento de Pontevedra. La resolución es firme, pues contra ella no cabe presentar recurso.