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Xunta de Galicia
17/6/2023

El Complejo hospitalario universitario de La CoruñaXunta de Galicia

La Sanidad gallega, condenada a pagar 1,7 millones de euros a una joven con una paraplejía tras una operación

La mujer, que era menor de edad cuando fue operada en el Chuac, perdió la movilidad de las piernas tras una intervención en la columna

La Audiencia Provincial de La Coruña ratifica el pago de una indemnización de 1,7 millones de euros a una joven de Ribadeo (Lugo) con paraplejia tras una operación, en 2019, en el complejo hospitalario universitario de La Coruña (Chuac).

La condena fue impuesta, en marzo de este año, por el Juzgado de lo Penal número 3 de La Coruña al traumatólogo que la operó, al considerarlo responsable de un delito de lesiones por imprudencia menos grave y con una pena de 12 meses de multa a razón de una cuota diaria de 15 euros, esto es, 5.400 euros.

Asimismo, y con la responsabilidad civil subsidiaria del Servicio gallego de Salud (Sergas) y la aseguradora, a indemnizar en la cuantía de 1.729.229,25 euros a la afectada.

Deformidad tridimensional

En el momento de los hechos la paciente era menor, quien fue diagnosticada cuando tenía diez años de escoliosis idiopática, enfermedad caracterizada por deformidad tridimensional de la columna vertebral con curvatura lateral y rotación de los cuerpos vertebrales.

En febrero de 2017, ante un evidente agravamiento de su enfermedad, tal y como recoge el fallo, fue derivada por el servicio de pediatría de su localidad al servicio de Traumatología del Chuac, en donde inicialmente se optó por un tratamiento con corsé ortopédico.

Sin embargo, en julio de 2018, al persistir la mala evolución de la curva, que ya era superior a los 50 grados, el doctor pautó la corrección mediante intervención quirúrgica.

Rechazo a la absolución del médico

El fallo en primera instancia recoge, como hace la Audiencia, que esta intervención está comúnmente aceptada por la ciencia médica como necesaria para el tratamiento de las escoliosis con una curvatura y evolución como la que presentaba.

Sin embargo se rechaza la absolución planteada por el médico y la aseguradora al descartar, entre otros aspectos, que existiese un error en la valoración de la prueba.

La Audiencia de La Coruña, contra cuya decisión aún cabe recurso, revoca parcialmente la sentencia inicial en algunas consideraciones, pero ratifica el pago de la indemnización.

Entre otras cuestiones, se argumenta que se produjeron hechos que debían haber hecho que el especialista «extremase la precaución», conclusión a la que se llega en base a las periciales.

«Hay que destacar que, a pesar de que desde el inicio de la operación existió un abundante sangrado y que el cirujano tuvo dificultades en la instrumentación de los pedículos vertebrales de la columna, optó por retirar el tornillo de la vértebra T10 y continuar la instrumentación de la columna, comprobándose posteriormente una malposición y trayecto intrarraquídeo de los tornillos», se expone.

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