Los dos condenados durante el juicio por los incendios en autobús
Condenados a 22 y 15 años de cárcel por prender fuego a dos autobuses con viajeros en el centro de Vigo
La pareja además tendrá que indemnizar de forma conjunta con más de 370.000 euros a la aseguradora del vehículo y a la empresa Vitrasa
La Audiencia Provincial de Pontevedra ha condenado a penas de 22 años y un día de cárcel a un hombre por prender fuego a dos autobuses urbanos en Vigo con pasajeros, y a 15 años de prisión, a su pareja sentimental, una conductora de Vitrasa, la concesionaria del transporte urbano de Vigo, por colaborar en uno de los ataques.
Utilizaron artefactos caseros
Los hechos ocurrieron el 30 de abril de 2023 en la céntrica calle Urzáiz de Vigo. La sentencia, todavía no firme, establece que el acusado prendió fuego con un artefacto inflamable dentro del autobús conducido por su pareja, quien previamente se había concertado con él para ejecutar el plan.
Aunque tanto la única pasajera como la conductora lograron abandonar el vehículo antes de que quedara calcinado, el tribunal subraya el grave riesgo para las personas, especialmente por tratarse de un vehículo híbrido cuyas baterías pudieron haber explotado.
Ambos han sido sentenciados a 15 años de cárcel por el incendio, además de tener que indemnizar de forma conjunta con más de 370.000 euros a la aseguradora del vehículo y a la empresa Vitrasa.
A mayores, el tribunal ha impuesto al hombre otros siete años y medio de prisión por haber provocado otro incendio, también esa misma noche, en un autobús que circulaba por la calle Tomás Alonso. En ese caso, el conductor logró controlar el fuego con un extintor, aunque los daños materiales superaron los 4.600 euros.
La sentencia destaca la peligrosidad de las acciones y la clara voluntad de los condenados de poner en riesgo la integridad de los pasajeros. También subraya la falta de colaboración de los acusados durante el juicio, donde el hombre solo respondió a tres preguntas de su defensa y ambos evitaron dar explicaciones coherentes frente a las pruebas.
El fallo no es firme y puede ser recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG). La Fiscalía había solicitado inicialmente penas que sumaban 30 años de cárcel, afirmando que no existía una versión alternativa creíble por parte de los acusados.