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Las VPO de Vimcorsa se concederán por sorteo

En Córdoba se aplicaba desde 2009 el sistema de baremación por puntos que ha presentado «ciertos inconvenientes»

La concesión de las viviendas públicas construidas por la empresa Viviendas Municipales de Córdoba (Vimcorsa) va a cambiar de sistema, ya que se dejará de lado la baremación por puntos utilizada hasta ahora y se pasará al sorteo. La Junta de Gobierno Local ha dado luz verde a este cambio que fue aprobado el mayo por el consejo de administración de la sociedad pública.

El sistema de la baremación por puntos, que se aplica desde 2009, «presenta ciertos inconvenientes», como reconoce el presidente de Vimcorsa, Miguel Ángel Torrico, en la propuesta. Por una parte, indica que hay familias sin recursos para acceder al mercado libre que acaban condenadas a permanecer de forma permanente en situación de reserva, ya que «permanentemente se van incorporando nuevas familias con mayor puntuación» y se colocan en mejores posiciones.

Además, los solicitantes están obligados no sólo a aportar toda la documentación en el momento de la inscripción, sino también a actualizarla forma permanente mientras permanezcan inscritos en el registro, «con la condición de que de no hacerlo podrían causar baja en el mismo». Todo esto provoca una enorme carga burocrática y ralentiza todo el procedimiento.

Este modelo de la baremación se ha aplicado desde 2009, contemplado en las Normas Reguladoras del Registro Municipal de Demandantes y de la Selección de Adjudicatarios de Viviendas Protegidas del Municipio de Córdoba y en estos años se ha comprobado que no ha cumplido el fin para el que se creó.

Rapidez y transparencia

Por estos motivos, el modelo de concesión de las viviendas de VPO de Vimcorsa se adapta a la normativa que regula este proceso, como es el Decreto Ley 3/2024 de 6 de febrero, y concede a todo el proceso «una mayor concreción, claridad y celeridad» tanto en la inscripción en el registro, como en la selección y en la adjudicación de las viviendas.

Otras ventajas que conlleva la modificación de esta normativa es que se reduce considerablemente la documentación a entregar. También, se reducen las veces que el adjudicatario puede renunciar a una vivienda. Si es en régimen de venta podrá rechazarla dos veces y si es en alquilar sólo podrá hacerlo una vez. La razón es «el concepto de necesidad de vivienda inmediata de los demandantes que solicitan dicho régimen y, en segundo, en la necesidad de adjudicar de forma más eficiente dichas viviendas».

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