EditorialLa Voz de Córdoba

Delito de odio: de excepción penal a arma política

La Fiscalía ha elevado al juzgado una denuncia contra la presidenta de Vox en Córdoba por presunto delito de odio, a raíz de unas manifestaciones realizadas tras el rezo musulmán masivo celebrado en la zona de Noreña, conocidas como Las Setas, y difundidas posteriormente en redes sociales. PSOE y Hacemos Córdoba consideraron que esas declaraciones eran constitutivas de delito y presentaron denuncia, que esta semana ha sido trasladada por el Ministerio Fiscal al Juzgado Decano.

Conviene situar el caso en un contexto más amplio. El delito de odio se incorporó al Código Penal en 1995 como una figura excepcional, pensada para castigar la incitación pública a la violencia o a la discriminación grave contra colectivos concretos. Durante años su aplicación fue escasa y restrictiva, precisamente para no colisionar con derechos fundamentales como la libertad de expresión y la libertad ideológica.

Ese equilibrio se altera con la reforma penal de 2015, que amplía de forma notable el artículo 510: ya no se sanciona solo la incitación directa a la violencia, sino también expresiones de hostilidad, humillación o menosprecio, especialmente en redes sociales. Desde entonces se multiplican las denuncias y los procedimientos por manifestaciones sin violencia material, lo que ha generado un debate jurídico creciente sobre el riesgo de convertir esta figura en un «delito de opinión». El propio Tribunal Supremo ha recordado en varias sentencias que no toda expresión dura, molesta o ideológicamente incómoda puede considerarse penalmente relevante si no existe un riesgo real y grave para la convivencia.

En la práctica, la experiencia judicial muestra que muchas causas por delito de odio no acaban en condena. Superan el filtro policial y fiscal, pero no el judicial. La investigación se convierte así, en numerosos casos, en un castigo en sí mismo y el proceso penal en una herramienta de presión política y disuasión ideológica. Las reacciones públicas de PSOE y Hacemos Córdoba tras conocerse la actuación de la Fiscalía, presentándola como una victoria, apuntan precisamente en esa dirección.

Una estrategia que se dirige contra Vox, partido constitucional y legal, que podrá acertar o no en su discurso, pero que, sin ser sujeto pasivo de delito de odio, sí padece una persistente persecución mediática y política que se traduce con frecuencia en escraches, agresiones e insultos contra sus afiliados y simpatizantes, por atreverse a señalar fenómenos que ya están afectando no solo a España, sino a buena parte de Europa.

Ojalá los partidos denunciantes, tan preocupados por el odio, lo estuvieran también por la corrupción, la mentira estructural o el acoso hacia las mujeres que se padece en sus propias filas. Pero siguen viendo más rentable usar el Código Penal como estrategia defensiva para distraer la atención y que su propio légamo no les lleve, ahí sí, directamente a prisión.

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