Estación depuradora de aguas residuales de Priego de Córdoba
El ayuntamiento de Priego de Córdoba intensifica la vigilancia contra los vertidos ilegales a cauces y alcantarillado
Las infracciones contemplan multas que van desde los 150 a los 1.800 euros y suspensión de la actividad
El Excmo. Ayuntamiento de Priego de Córdoba y Central de Aguas recuerda a la ciudadanía y a las empresas que sigue en vigor la Ordenanza Municipal reguladora de Vertidos a la Red de Alcantarillado, cuyo objetivo es proteger la salud pública, garantizar el correcto funcionamiento de la Estación Depuradora y conservar el entorno natural.
Esta normativa prohíbe expresamente los vertidos de aguas residuales, así como de residuos sólidos o líquidos que puedan dañar la red, perjudicar la depuradora o afectar a la calidad ambiental de los cauces. Es importante, según el Consistorio, destacar que todas las edificaciones, industrias o explotaciones, ya sean públicas o privadas, que viertan o vayan a verter aguas a la red de alcantarillado, deben contar con la correspondiente autorización municipal. En el caso de los vertidos de origen industrial, será obligatoria una autorización específica de vertido expedida por el Ayuntamiento, cuya solicitud deberá presentarse de forma paralela a la licencia de actividad.
A los efectos de la presente Ordenanza se establecen una serie de definiciones básicas relacionadas con los vertidos y la red de saneamiento, incluyendo conceptos como aguas residuales (domésticas, industriales y pluviales), vertidos residuales, autorizaciones de conexión y de vertido, acometidas, descargas prohibidas y elementos de la red de alcantarillado público.
En coordinación con la Guardia Civil y la Policía Local, se van a realizar controles específicos en distintos puntos del término municipal para detectar vertidos ilegales y garantizar el cumplimiento de la normativa.
Las infracciones contempladas en la Ordenanza se clasifican en leves, graves y muy graves, con las siguientes sanciones:
Infracciones leves: apercibimiento o multas de hasta 150 €.
Infracciones graves: multas de hasta 900 € y posible suspensión de la actividad durante un año.
Infracciones muy graves: multas de hasta 1.800 €, suspensión de la actividad por dos años o retirada de la licencia municipal.
Además de estas sanciones, los responsables deberán reparar los daños ocasionados y resarcir económicamente tanto al Ayuntamiento como a la Central de Aguas, en su condición de Ente Gestor de la Depuradora, así como a los particulares afectados.
Los vertidos no autorizados, según el Ayuntamiento prieguense, tienen un efecto directo muy negativo en la EDAR (depuradora) de Priego de Córdoba, ya que alteran los procesos de depuración y elevan los costes de mantenimiento. A su vez, generan efectos indirectos «muy dañinos para nuestro entorno natural, poniendo en riesgo la calidad de los cauces, la biodiversidad y la sostenibilidad de nuestros recursos hídricos». El presidente del Área de Hacienda y concejal delegado, Antonio Navas, ha subrayado que «se está estudiando endurecer aún más la Ordenanza, con el fin de que tenga un mayor efecto disuasorio y se garantice la preservación de nuestro medio natural».