Palacio de Cibeles, sede del Ayuntamiento de Madrid
Madrid
El Ayuntamiento de Madrid recurrirá en casación la sentencia que anuló la tasa de basuras
El alcalde de Madrid, José Luis Martínez Almeida, ha confirmado este miércoles que el Ayuntamiento interpondrá un recurso de casación contra la sentencia judicial que declaró la nulidad de pleno derecho de la tasa de basuras.
Así lo ha confirmado Almeida en su turno de contestación en el Pleno de este miércoles a la pregunta del portavoz municipal de Vox, Javier Ortega Smith, sobre si va a devolver la cantidades cobradas por la tasa de basuras que hayan presentado recurso contra la tasa de basuras.
«Hay motivos jurídicos para acordar la interposición de este recurso de casación y por tanto lo haremos en consonancia con lo que dice la ley», ha afirmado Almeida.
El alcalde ha criticado a Ortega Smith no saber que «cuando los actos administrativos son firmes, no cabe la devolución. Pero es que en segundo lugar, la sentencia que usted nos reclama que cumplamos dice expresamente que no cabe la devolución a todas aquellas situaciones que son firmes ya en vía administrativa y que no han sido susceptibles o no son susceptibles de recurso».
«Actuaremos de acuerdo con la ley», ha insistido, al tiempo que ha avanzado que el Ayuntamiento de Madrid, una vez los servicios jurídicos así lo han recomendado, va a interponer ese recurso de casación.
Almeida ya avanzó hace días que devolvería la tasa de basuras a aquellas personas que hubieran recurrido el tributo de 2025 en tiempo y forma y no se hubiera resuelto dicho recurso.
El pasado mes de marzo, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) estimó los recursos interpuestos por varias instituciones y organizaciones, entre ellas Vox, contra la Ordenanza Fiscal 8/2024 del Ayuntamiento de Madrid (conocida como tasa de basuras) y la ha declarado nula.
La resolución analizó el procedimiento de aprobación de la ordenanza y concluyó que se produjo una «infracción sustancial de las normas que lo rigen al haberse omitido durante el trámite de información pública parte esencial del informe técnico-económico que servía de base para la determinación de la tasa».
En concreto, no se incorporaron ni publicaron los anexos relativos al estudio de generación de residuos por actividades económicas, documentos que, a juicio de la Sala, resultan imprescindibles para comprender y fiscalizar la cuantificación del tributo.