La alcaldesa de Velilla de San Antonio, Antonia Alcázar (PSOE)
Madrid
La alcaldesa de Velilla de San Antonio, hermana de la secretaria de Zapatero, queda absuelta de prevaricación
La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto del delito de prevaricación, por el que por fue juzgada recientemente, a la alcaldesa de Velilla de San Antonio, Antonia Alcázar, que es hermana de María Gertrudis, secretaria del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero, investigado en el caso Plus Ultra.
En la sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, los magistrados absuelven a Alcázar, al concejal de Urbanismo Joaquín Panadero, a la ex concejala Elena Abraham Suárez, y a un extécnico de Urbanismo del Ayuntamiento del delito continuado de prevaricación urbanística y ambiental por el que les sentó en el banquillo, así como de responsabilidad civil.
Los cuatro estaban acusados de no adoptar, a sabiendas, ninguna medida tras numerosas denuncias de los vecinos por el ruido y molestias que generaba un local del pueblo, y la Fiscalía pidió para ellos tres años de cárcel.
Antonia Alcázar, que fue absuelta hace unos años de otra acusación de prevaricación, es la hermana de María Gertrudis, secretaria del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero y a quien el juez que investiga el caso Plus Ultra otorga un «papel operativo esencial» en la presunta red de tráfico de influencias en la que ubica al exlíder socialista.
Los procesados negaron en el juicio que conociesen las graves molestias que denunciaban los vecinos o que desde su cargo pudieran hacer algo para evitarlas, y la alcaldesa aseguró que se enteró en 2023 y trató de solucionar el problema hablando con cada parte, pero no fue posible y todo quedó en manos de los funcionarios competentes, a los que no puede presionar.
El Ayuntamiento de Velilla de San Antonio ha valorado este martes la sentencia absolutoria en un comunicado en el que la alcaldesa ha recalcado que durante todos los meses han querido ser respetuosos con el proceso judicial y sus tiempos, «siempre desde la máxima prudencia confiando en todo momento en el trabajo de la justicia y en el desarrollo de las actuaciones judiciales».
La sentencia considera probado que el restaurante El Casón de la Quinta de San Antonio tenía desde 2006 licencia para celebrar eventos hasta las 02:30 horas, pero lo hacía a veces hasta las 05:30 de la madrugada, tanto dentro como en el jardín, en el que actuaban orquestas y se lanzaban petardos que causaron molestias a los vecinos.
Los vecinos comenzaron a denunciar y en 2022 y 2023 el Ayuntamiento tramitó cuatro expedientes sancionadores que no fueron completados. Ya en 2025 el Ayuntamiento hizo una inspección en la que detectó deficiencias y el restaurante acometió obras.
La sentencia explica que no se puede probar que los acusados cometieran el delito que se les imputa, y sobre la alcaldesa detalla que no se puede concluir que actuara «a sabiendas», ya que «no se hallaba en disposición de dictar resolución de los expedientes sancionadores».
Los jueces precisan que les ha llamado la atención que Alcázar dijera en el juicio que no supo lo que ocurría hasta septiembre de 2023, durante un pleno del Ayuntamiento, ya que el día 13 de septiembre de 2022 dictó una providencia de inicio de un expediente sancionador, y el día 10 de agosto de 2023 dictó otra.