Madrid suspende el uso de maquinaria y de fuegos artificiales en terreno forestal ante el riesgo extremo de incendio

Madrid suspende el uso de maquinaria y de fuegos artificiales en terreno forestal ante el riesgo extremo de incendioComunidad de Madrid

Madrid suspende el uso de maquinaria y de fuegos artificiales en terreno forestal ante el riesgo extremo de incendio

La suspensión entra en vigor este martes 7 de julio a las 14:00 horas y se extenderá durante todo el día del miércoles 8

La Comunidad de Madrid ha suspendido desde el martes 7 de julio a las 14:00 horas hasta el miércoles 8 de julio el uso de maquinaria que pueda generar chispas, calor o descargas eléctricas y el uso de fuegos artificiales en terreno forestal ante el riesgo extremo de incendio.

La resolución, publicada por la Dirección General de Emergencias, indica el cese de estas actividades en toda la región como medida frente a las previsiones de altas temperaturas para estos días, enmarcada en el Plan Especial de Protección Civil de Emergencia por Incendios Forestales (INFOMA), tal y como informa la Comunidad de Madrid a través de un comunicado.

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El cumplimiento de estas indicaciones y la colaboración ciudadana resultan esenciales, ya que la mitad de estos siniestros durante el verano se debe a una manipulación inadecuada de desbrozadoras, amoladoras, radiales, sopletes y otra maquinaria. Asimismo, el Ejecutivo pide extremar las medidas de prevención en el uso de estos dispositivos en todo el periodo de peligro alto de incendios, que comprende desde el 15 de mayo hasta el 31 de octubre.

Trabajos con maquinaria

La Comunidad también ha destacado que la maquinaria que pueda generar chispas, calor o descargas eléctricas en terreno forestal y en su zona de influencia requieren autorización de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 (ASEM112). Esto se debe a que este organismo incorpora las medidas preventivas que deberán cumplir para evitar la aparición de un fuego o, si llegara a producirse, facilitar su rápida extinción.

Si las labores se desarrollan en suelo urbano a menos de 50 metros de una masa de vegetación, será el Ayuntamiento correspondiente el encargado de regular las condiciones en las que podrán utilizarse estos aparatos. Si las cosechadoras trabajan en cultivos situados a menos de 400 metros de terreno forestal, el agricultor deberá comunicar previamente el inicio de la actividad al teléfono gratuito 900 720 300.

Si durante una supervisión el Cuerpo de Agentes Forestales detecta algún incumplimiento, podrán requerir la paralización inmediata y levantar su correspondiente acta.

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